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Jubilados del ISSSTE, esta es la fecha oficial de pago de la pensión de marzo 2026

Los pensionados del ISSSTE podrán tener el pago de marzo en la siguiente fecha. Anota en el calendario para no perderla, así como los próximos depósitos.
mié 18 febrero 2026 10:57 AM
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Generalmente, los pagos de la pensión del instituto se entregan en los últimos días hábiles del mes anterior inmediato. Las únicas excepciones a esta regla son las entregas de aguinaldo. (Expansión|Gemini)

El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) tiene programado en su calendario de pagos el depósito correspondiente a marzo de 2026 para personas pensionadas.

Te decimos la fecha exacta del depósito y cuándo se realizarán las dispersiones previstas para lo que resta del año

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¿Cuándo cae la pensión ISSSTE de diciembre?

De acuerdo con el calendario oficial del instituto, el siguiente pago será realizado el viernes 27 de febrero, correspondiente a la dispersión de diciembre.

Generalmente, los pagos de la pensión del Instituto se entregan en los últimos días hábiles del mes anterior inmediato. Las únicas excepciones a esta regla son las entregas de aguinaldo.

Cómo queda el calendario completo de pagos para el 2026

- 27 de Marzo
- 29 de Abril
- 29 de Mayo
- 29 de Junio
- 30 de Julio
- 28 de Agosto
- 30 de Septiembre
- 29 de Octubre
- 27 de Noviembre

Regímenes de pensiones que tiene el ISSSTE

De acuerdo con el Informe Financiero y Actuarial 2025 del ISSSTE, existen tres tipos de regímenes principales por los cuales las personas se pensionan: el de la Ley anterior o abrogada, el del Décimo Transitorio y el de Cuentas Individuales. Cada uno funciona de manera diferente.

El régimen de la Ley anterior (1983) es el más antiguo y funciona con un esquema de beneficio definido y vitalicio. La pensión es calculada según el último sueldo y los años de servicio, además de que se ajusta conforme a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

El ISSSTE garantiza el pago de manera directa, con recursos de las aportaciones del gobierno y de los trabajadores en activo.

Mientras tanto, el régimen del Décimo Transitorio (2007) fue creado como una medida para proteger a los trabajadores que ya estaban trabajando antes de la reforma de 2007 y no querían migrar a un esquema de Cuentas Individuales. Para ellos, se mantiene el derecho a una pensión calculada según los años de servicio y el último sueldo.

Por último, está el régimen de Cuentas Individuales (2007), que aplica para los trabajadores que ingresaron al servicio público a partir de la reforma de 2007. Funciona con un esquema de contribución definida en la que el trabajador tiene una cuenta individual administrada por una Afore, donde se acumulan los recursos de sus aportaciones y las del gobierno.

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Al momento de retirarse, el trabajador tiene derecho a una pensión basada en una anualidad dependiente del saldo acumulado en su cuenta individual y en las modalidades que elija.

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