SAT te monitoreará a través de terceros
A partir de este año la Secretaría de Hacienda y Crédito Público monitoreará cuentas bancarias, tarjetas de crédito e inversiones que pertenezcan a personas físicas para comprobar si gastan o ganan más de lo que declaran al fisco.
Al amparo de esta figura conocida como Discrepancia Fiscal, la autoridad podrá dar de alta en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) a quienes desempeñan una actividad económica informal y les exigirá el cumplimiento de sus obligaciones fiscales cobrándoles los impuestos que generen.
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Esa medida, que entró en vigor este año con la reforma hacendaria, no constituye “un mecanismo que viole los derechos del contribuyente, ya que el procedimiento otorga garantías a las personas a fin de aclarar su situación”, explicó en conferencia de prensa el subprocurador general de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon), Edson Uribe.
Una vez que sean notificados, los titulares de las cuentas bancarias tendrán 20 días para comprobar de dónde provienen los recursos con los que hacen los depósitos. En caso de que los titulares no realicen ninguna actividad económica, tendrán que revelar quién depositó en su cuenta.
Si se trata de cuenta bancaria de una ama de casa o un estudiante, ejemplificó, deberán comprobar de dónde proviene el depósito. Si se trata de una persona que tenga un empleo formal, deberá detallar si el depósito tiene relación con los ingresos que declaró ante Hacienda.
En el caso de las extensiones de tarjetas de crédito que acostumbran a otorgar los bancos para que el usuario las distribuya entre los familiares y amigos, la responsabilidad de comprobar los depósitos será del titular de la cuenta.
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Según la Procuraduría en México existen 23 millones de tarjetas de crédito circulando y ésta es la “forma de endeudamiento preferida por los mexicanos”.
La Prodecon recomendó a las personas llevar un registro sencillo de los gastos e ingresos a sus cuentas bancarias.
Seis puntos sobre discrepancia fiscal
1) El fisco investigará las cuentas bancarias, de crédito e inversiones financieras que haga una persona física registrada o no ante Hacienda.
2) El SAT podrá obtener información de terceros como cuentas de banco, agencias de viaje, tiendas departamentales y medios propios para verificar si hay discrepancia entre gastos y declaraciones.
3) La autoridad hará llegar un oficio en su domicilio fiscal (tomado de la cuenta bancaria) a la persona que tengan una discrepancia fiscal y se le especificará de qué fuentes se obtuvo la información.
4) Ésta tendrá 20 días para comprobar de dónde provienen sus ingresos.
5) Si existe una incongruencia el fisco cobrará el impuesto generado entre lo gastado y registrado.
6) Si la persona física no está en inscrita al RFC, la autoridad lo inscribirá en el régimen y pagará por estos ingresos y los demás que genere.