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¿Qué países conceden la nacionalidad por nacimiento?

Donald Trump firmará una orden ejecutiva para terminar con este derecho en Estados Unidos, aunque esto sería inconstitucional.
lun 20 enero 2025 10:13 AM
El presidente electo de los Estados Unidos, Donald Trump y su esposa Melania Trump, reaccionan cuando se reúnen con el presidente de los Estados Unidos, Joe Biden, y la primera dama, Jill Biden, el día de la inauguración del segundo mandato presidencial de Donald Trump en Washington, EE. UU., el 20 de enero de 2025.
Donald Trump revive una promesa que ya había hecho en 2018.

Donald Trump, quien regresa a la presidencia de Estados Unidos este lunes, firmará una orden ejecutiva para acabar con el derecho a la ciudadanía por nacimiento, de acuerdo con fuentes familiarizadas con el asunto. Aunque no bastará con un decreto para terminar con esta política, ya que está garantizada en la constitución.

Esta promesa no es nueva. En octubre 2018, en medio de su primer mandato, Trump anunció que terminaría con el derecho a la nacionalidad por nacimiento, aunque en ese caso la prohibición también afectaría a los hijos de inmigrantes documentados en Estados Unidos.

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“La llamada ciudadanía por derecho de nacimiento, que le cuesta a nuestro país miles de millones de dólares y es muy injusta para nuestros ciudadanos, terminará de una forma u otra. No está cubierto por la Enmienda 14 debido a las palabras "sujeto a su jurisdicción". "Muchos estudiosos del derecho están de acuerdo…”, escribió Trump en cuenta de Twitter el 31 de octubre de 2018.

El político republicano aseguraba entonces que Estados Unidos es el único país que otorga la nacionalidad a cualquier persona que nacen dentro de su territorio, pero eso no es cierto.

El derecho a la nacionalidad

La nacionalidad es un derecho humano que establece el vínculo jurídico esencial entre un individuo y uno o varios Estados, en virtud de cual una personas es miembro de la comunidad política de ese país.

Además, la nacionalidad otorga a los individuos un sentido de pertenencia e identidad, así como el derecho a la protección estatal.

El derecho a la nacionalidad está reconocido en numerosos convenios jurídicos internacionales, entre ellos la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) , que en su artículo 15 estipula que “toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad”.

La nacionalidad no debe confundirse con la ciudadanía. El segundo concepto se refiere a los miembros de un Estado que estén calificados legalmente para ejercer los derechos políticos. No todos los nacionales de un país cuentan con estas facultades por edad u otras causas.

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'Ius soli' o 'Ius sanguini': ¿cómo se determina la nacionalidad de una persona?

Aunque es un derecho fundamental, cada Estado es libre de establecer los requisitos para otorgar la nacionalidad. Esta puede darse por nacimiento o por naturalización.

El derecho a la nacionalidad está reconocido en numerosos convenios jurídicos internacionales, entre ellos la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) , que en su artículo 15 estipula que “toda persona tiene derecho a una nacionalidad. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad”.

La nacionalidad por nacimiento se puede determina por dos criterios: ius soli o ius sanguini.

De acuerdo el criterio ius soli, la nacionalidad de nacimiento de una persona se determina por el lugar donde ella misma ha nacido. En cambio, bajo el criterio ius sanguini la nacionalidad de un sujeto se establece con base en la nacionalidad de sus padres.

¿En qué países se reconoce cada criterio?

Además de en Estados Unidos, actualmente hay otros 29 países que conceden la nacionalidad automática a cualquiera que haya nacido dentro de sus límites, excluyendo tan solo a los hijos de diplomáticos extranjeros y a los de hijos de fuerzas enemigas ocupando el país.

Estos países son: Antigua y Barbuda, Argentina, Barbados, Belice, Brasil, Canadá, Chad, Chile, Cuba, Dominica, Ecuador, El Salvador, Fiyi, Granada, Guatemala, Guyana, Honduras, Jamaica, Lesoto, México, Pakistán, Panamá, Paraguay, Perú, San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, Uruguay y Venezuela.

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Son países que, o bien tienen sistemas legales derivados del derecho consuetudinario británico, donde se desarrolló la práctica del ius soli, o bien instauraron la medida de otorgar la ciudadanía instantánea con el fin de atraer gente a sus países, como sucede en naciones de centroamericanas y sudamericanas.

En otros países se sigue el criterio ius soli, pero con algunas condicionantes. En República Dominicana, por ejemplo, la Constitución descarta que se otorgue la ciudadanía a los hijos de personas que residen en el país de manera irregular. En Malasia, los infantes nacidos en su territorio pueden obtener la nacionalidad solo si sus padre son extranjeros o residentes permanente.

Australia, Colombia e Irlanda también tienen condicionantes para otorgar la nacionalidad por lugar de nacimientos.

En la mayoría de los países de Europa de sigue el criterio ius sanguini, aunque hay algunas excepciones. En Francia, por ejemplo, otorgaba la nacionalidad por nacimiento en el país. Pero entonces se probó una reforma que establece que los hijos de padres extranjeros nacidos en Francia deben solicitar la ciudadanía francesa cuando cumplan 18 años.

En Reino Unido, donde surgió el criterio ius soli, se modificaron los requisitos para obtener la nacionalidad en 1983 y ahora se requiere que al menos un padre esté asentado legalmente en este país.

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