¿Por qué Estados Unidos cancela visas sin aviso y sin necesidad de delito?
La Embajada de Estados Unidos en México explicó que una visa es considerada un privilegio y no un derecho. Cada país decide quién puede ingresar a su territorio y con base en ello, el gobierno puede cancelar visas en cualquier momento cuando las circunstancias lo justifican.
De acuerdo con la representación diplomática, el Departamento de Estado puede revocar una visa cuando existen señales de que la persona titular ya no cumple con los requisitos para conservarla. Este procedimiento aplica sin distinción de nacionalidad, posición social o cargo público. No se requiere que exista delito ni resolución judicial previa.
“Basta con que haya información suficiente para considerar que mantener la visa no conviene a los intereses de Estados Unidos”, explicó la Embajada en sus redes sociales. La autoridad determina caso por caso si hay elementos para retirar el documento migratorio, aun cuando la persona no haya sido detenida o procesada en ningún país.
Entre las situaciones que pueden derivar en cancelación se encuentran: permanecer más tiempo del autorizado en Estados Unidos, participar en actividades delictivas, incurrir en conductas que representen riesgo para la seguridad pública, colaborar con actos relacionados con terrorismo o brindar apoyo a grupos extremistas. La decisión se toma con base en información disponible para las autoridades y se ejecuta de forma inmediata.
¿Cómo aplica el proceso de cancelación de visas?
La Embajada indicó que la revisión de visas ocurre de forma constante. El Departamento de Estado analiza de manera regular los documentos otorgados y los cancela cada vez que determina que existen motivos para hacerlo. No se trata de acciones extraordinarias sino de procedimientos habituales dentro de la política migratoria estadounidense.
Las decisiones relacionadas con cancelaciones no son públicas por consideraciones de privacidad. Estados Unidos notifica únicamente a la persona afectada, sin difundir detalles sobre motivos, evidencias o fuentes de información utilizadas para evaluar el caso.
Todo el proceso se guía por leyes estadounidenses, políticas internas y el interés nacional. El gobierno mantiene la facultad discrecional de permitir o negar el ingreso a su territorio. Conforme a la posición oficial, este criterio aplica sin importar quién sea la persona titular de la visa, dónde resida o cuáles sean sus opiniones políticas.
El Departamento de Estado sostiene que continuará utilizando esta facultad para cancelar visas siempre que haya elementos que indiquen que su vigencia contraviene los intereses de Estados Unidos. No se requiere orden judicial ni procedimiento previo para ejecutar la decisión.
EU empezará a aplicar entrevistas para visa a menores de edad y adultos mayores
Desde septiembre 2025 los niños menores de 14 años y los adultos con más de 79 años ya no se salvan de ser cuestionados por oficiales consulares para ingresar al país norteamericano.
La Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado publicó el anuncio el 25 de julio de 2025 , para reemplazar los lineamientos que se establecieron el 18 de febrero de 2025 , el cual no mencionaba sobre la aplicación de entrevistas a esta población.
La actualización determina los perfiles que califican a exención de entrevistas para tramitar el visado de no inmigrante. Quienes no estén en esta lista requerirán una entrevista.
"Todos los solicitantes de visa de no inmigrante, incluyendo los menores de 14 años y mayores de 79, generalmente requerirán una entrevista presencial con un funcionario consular", se explicaba en el anuncio.
¿Quiénes estarán exentos de la entrevista?
Los solicitantes clasificados para las siguientes visas no tendrán entrevistas:
A-1 - Jefe de Estado o Gobierno, ministros del gobiernos equivalentes a secretarios de gabinete de EU, representandes de las delegaciones de la Unión Europea (UE) y la Unión Africana (UA), familiares inmediatos de un titular de una visa A-1.
A-2 -Funcionarios de un gobierno extranjero o empleoeaod que vaya a trabajar en una embajada o consulado extranjero de EU; funcionario gubernamental que vaya a realizar tareas oficiales con el gobierno no por más de 90 días, miembros militares extranjeros estacionados en una base militar estadounidense; personal de representantes de la UE y la UA; familiares inmediatos de un titular de visa A-2
C-3 - Funcionarios gubernamentales que viajen a EU con una duración máxima de 29 días.
G-1 - Miembros de la misión permanente de un gobierno reconocido ante una organización internacional designada y sus familiares inmediatos.
G-2 - Representantes de un gobierno reconocido que viajan temporalmente a los Estados Unidos para asistir a reuniones de una organización internacional designada y sus familiares inmediatos.
G-3 - Representantes de gobiernos no reconocidos o no miembros y sus familiares directos
G-4 - Personas que vienen a los Estados Unidos para ocupar un puesto en una organización internacional designada, incluidas las Naciones Unidas, y sus familiares inmediatos.
NATO-1 a NATO-6 - Los funcionarios y empleados de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) que trabajarán para la OTAN en Estados Unidos
TECRO E-1 - Para personas extranjeras que visiten EU para establecer un tratado comercial.
También tendrán exención de entrevista los solicitantes de visas de tipo diplomático u oficial, así como aquellas personas que renueven una visa B-1, B-2, B1/B2 de validez completa o una tarjeta/permiso de cruce fronterizo (para ciudadanos mexicanos) dentro de los 12 meses posteriores al vencimiento de la visa anterior, y que tuvieran al menos 18 años de edad al momento de la emisión de la visa anterior.
Los tipo de visas mencionados anteriormente corresponden a:
B-1 - Otorgado con fines de negocios (consultar con socios comerciales, asistir a una convención o conferencia científica, educativa, profesional, empresarial; liquidar una herencia o negociar un contrato).
B-2 Otorgada con fines de turismo (vacaciones, visita con amigos o familiares, realizar un tratamiento médico, participar en un evento social o deportivo en el que no se les pague, realizar cursos recreativos que no obtengan un título).
B1/B2 - Ambas actividades anteriores.