La Corte establece que estados deben perseguir venta de drogas al menudeo
Desde ahora, las autoridades estatales del país tendrán la facultad para perseguir y juzgar el delito de posesión de pequeñas dosis de droga para su venta, tras una resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
En la sesión del lunes, los ministros establecieron que los jueces locales podían posponer la atención a este ilícito hasta 2012, como lo determinaron los congresos de Quintana Roo, Jalisco y Chihuahua .
Dichos estados decretaron que el próximo año comenzarían a perseguir la venta de drogas al menudeo que no tuviera vínculo con la delincuencia organizada, facultad hasta ahora exclusiva a nivel federal.
Sin embargo, la Corte revirtió su decisión el jueves y puntualizó que las autoridades estatales deberán perseguir y juzgar este delito, como lo establece la reforma a la Ley General de Salud de 2009, cuando las cantidades de droga asegurada no rebasen las previstas en el artículo 474 de esta norma.
El fallo se realizó tras una votación dividida de seis contra cinco, pues el presidente de la SCJN, Juan Silva Meza, se unió a sus compañeros, quienes consideraron que estas disposiciones tienen que aplicarse de inmediato.
De esta manera, la Procuraduría General de la República (PGR) y los jueces federales podrán turnar a sus homólogos locales los casos relativos a la venta de pequeñas dosis de droga, que antes de la reforma a la Ley General de Salud eran competencia federal.
La decisión del pasado lunes se interpretó como un revés a la PGR, debido a que la dependencia promovió acciones de inconstitucionalidad contra la determinación de congresos locales de aplazar la aplicación de esta normativa hasta 2012.