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6 sugerencias de ONG para elaborar una nueva ley contra la tortura

Establecer que este delito no prescribirá y obligar a la autoridad a investigar de oficio un posible caso son sugerencias de grupos civiles
vie 04 septiembre 2015 10:09 AM

El compromiso de México con el combate a la tortura debe traducirse en una nueva ley que se apegue a estándares internacionales, señala un grupo de 22 organizaciones civiles que este jueves dio a conocer seis recomendaciones para elaborar dicha legislación. 

Algunas de estas sugerencias son establecer que el delito de tortura no prescribirá y que un posible caso deberá ser investigado de oficio por las autoridades, según el documento que presentaron agrupaciones como el Centro Prodh, el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan, Fundar y el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana. 

En este texto detallamos los puntos que las ONG piden al gobierno y al Congreso tomar en cuenta. 

1. Definición clara de la tortura 

La primera recomendación del documento es que la Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar la Tortura —la cual eventualmente sustituiría a la actual Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura , vigente desde 1991— tipifique este delito con apego a estándares internacionales. 

Para las ONG, esto implica que no solo se considere como tortura aquellos actos de un funcionario para infligir "dolores o sufrimientos graves" a una persona, como dice la norma hoy, sino que se retire de la definición que los perjuicios deban ser "graves" y se contemple la posibilidad de que éstos también puedan ser infligidos por un particular. 

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También se recomienda establecer que podrá castigarse la tentativa de tortura y que estos delitos no prescribirán. 

Para la nueva ley, las ONG sugieren seguir la definición de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (CIPST), según la cual tortura es "todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, con fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura la aplicación sobre una persona de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o a disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica". 

2. Combatir las detenciones arbitrarias 

Las ONG mencionan que la mayoría de los casos de tortura son por detenciones arbitrarias o realizadas ilegalmente, por lo que evitar este tipo de arrestos es una vía para prevenir eventuales torturas. 

En ese sentido, el documento presentado plantea tipificar la detención arbitraria como un delito "auxiliar" a la tortura —por ende, como una conducta susceptible de ser castigada— y que el país cree un registro público de todos los arrestos que efectúen las autoridades. 

Además, se propone crear un mecanismo nacional que vigile las condiciones de las personas detenidas, para evitar que sean torturadas o detectar si esto ocurre. 

"El monitoreo de las condiciones de la detención debe estar caracterizado por independencia e imparcialidad de los órganos que lo realizan; sus funciones deben incluir visitas no anunciadas y sus recomendaciones e informes deben permitir un seguimiento continuo y sistemático en la implementación de las mismas", señala el documento de las ONG. 

3. Invalidar declaraciones 

Otra recomendación es hacer explícito que, en un proceso penal, será inválida toda declaración obtenida por una autoridad distinta de las judiciales, sin la presencia de la defensa del acusado o de su traductor si lo necesitara. 

Este punto va en el mismo sentido de la reforma de justicia penal de 2008. Con ella se estableció que los juicios en todo el país deberán ser orales y públicos —salvo excepciones que determine el juez— y que las procuradurías tendrán que basar sus acusaciones en investigaciones científicas, no en testimonios. 

4. Investigaciones de oficio 

Las ONG también sugieren establecer que todo posible caso de tortura deberá ser investigado de oficio por las autoridades, no hasta que alguien presente una denuncia. Asimismo, que todo funcionario implicado en una indagatoria de este tipo deberá ser suspendido inmediatamente. 

"Actualmente, la práctica de las instituciones de procuración de justicia es no abrir investigaciones en todos los casos de denuncias o indicios de tortura, y/o de condicionar la realización de diligencias a la acreditación de huellas físicas o psicológicas de tortura mediante los dictámenes médico-psicológicos especializados aplicados por las procuradurías (muchas veces meces o años después de los hechos denunciados)", dice su documento. 

5. Unidad especializada 

En cuanto a quién debe investigar los posibles casos de tortura, las ONG recomiendan detallar en la ley que, en primera instancia, los responsables serán los gobiernos locales, designando para ello a instancias imparciales, independientes y no implicadas directa o indirectamente en los actos denunciados. 

Y plantean que cuando las entidades "no hayan tenido la capacidad o la voluntad de llevar a juicio a las personas responsables de haber cometido tortura", pueda intervenir el gobierno federal, mediante una nueva unidad especializada de la Procuraduría General de la República (PGR). 

"Dicha unidad deberá contar con funcionarios que tengan una perspectiva estratégica a nivel nacional y que puedan realizar investigaciones de contextos criminales más amplios", detallan. 

6. Reparación integral 

La última recomendación es sobre la reparación integral a las víctimas de tortura y sus familias. 

Al respecto, las ONG sugieren que la nueva legislación se coordine con la Ley de Víctimas para garantizar que las personas perjudicadas no solo sean compensadas económicamente por el Estado, sino que cuenten con medidas de rehabilitación, satisfacción moral y garantías de no repetición de los hechos.

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