Reclusorios: las antesalas del infierno
Un día normal como cualquier otro. Un espacio reservado en uno de los puntos en donde posiblemente se llegó a considerar extremo de la Ciudad de México. Un edificio imponente, frío, gris e impávido, cuya arquitectura asemeja a un cubo sin vida resguardado por murallas tan altas que imposibilitan imaginar lo que cobija en su interior...
Se trata de un reclusorio. Un lugar que el simple hecho de pisar en sus alrededores da esa sensación atemorizante que bien podría asemejarse a ese espacio Dantesco que fuera descrito en La Divina Comedia, (Dante Alighieri, 1304...1314). Es como si se pisara otro mundo, un mundo que al estar enfrente de él se sintiera que se están tocando las campanas para entrar a un purgatorio... estar fuera de sus muros es pensar que está uno en la antesala del infierno.
¿Cuántos casos no estarán dentro de él? ¿Cuánta maldad no encerrarán esos ladrillos? ¿Cuánta injusticia no se ha vertido en ese concreto?
Un cielo apenas azul, más bien gris, decorando las paredes con polillas café negráceas que suelen cubrir el piso en las temporadas de lluvia una vez que han fallecido, y de vez en cuando, unas cuantas golondrinas que surcan el cielo, como débil recuerdo de aquella libertad que ya sido flanqueada.
Tal vez los presos no puedan recordar más lo que era la belleza de la naturaleza, el sano convivio entre las personas, las oportunidades para crecer... La libertad.., sí, su libertad, ha sido el tema que les fue retirado.
Condicionados ahora, hasta la voluntad más fuerte se ve quebrantada. Miradas extraviadas que ya no guardan sentido que recuerda aquella ilusión que les ha sido arrebatada, en muchos de los casos, por los actos cometidos intensionalmente, totalmente premeditados, con consciencia y posiblemente hasta con alevosía. Otros tantos delitos cometidos, seguramente por motivos externos fuera del alcance de su control y en donde las circunstancias así los envolvieron, y otros muchos más, por causas totalmente ajenas a ellos, en donde por ignorancia, por no saberse defender, por ser abandonados o bien, por ser acusados para "pagar un crimen que no cometieron", se ven ahora involucrados.
¡Cuánta malevolencia e injusticia podría llegar a cometerse en cualquier sentido!
Si fuera este un tema metodológico académico, tal vez Roberto Hernández Sampieri bien podría mencionar la existencia de dos tipos de errores: el tipo I y el tipo II, en los cuales una hipótesis falsa se toma como verdadera, o bien, una hipótesis verdadera se determina como falsa. En materia de Derecho, ¿en cuál de las dos existiría mayor injusticia? ¡Cuánta responsabilidad recae en los hombros de aquellas personas que deben deliberar una sentencia!
En la primera de las concepciones un hombre o una mujer que ha sido injustamente acusado(a) de un acto que no cometió podría sentenciársele a purgar una condena. En el segundo caso, totalmente lo opuesto, una persona que en la realidad sí cometió un acto negativo se le podría dejar libre, sin cumplir con su castigo. Y peor aún, cuando las personas que son enjuiciadas no pueden defenderse por diversos motivos y que por protocolo ingresan a la prisión, en espera de su sentencia la cual puede tardar incluso hasta años por la sobrecarga administrativa, o por los tiempos del proceso o bien por la falta de pruebas; y ahí, en la prisión, no hay distinción entre los que son procesados y los que ya están sentenciados. Simplemente hay presos. Irónicamente, "uno aprende mucho sobre sus derechos, sobre todo cuando se encuentra la persona en estas situaciones..." (J. Salgado, comunicado personal, abril 2009).
Sabemos que el sistema penitenciario mexicano se divide dos: el Federal y el Local. Dentro de ellos, los centros de reclusión que existen por parte del Gobierno Federal son 6, las del Gobierno del Distrito Federal son 10, la de los Gobiernos Estatales con 329 mientras que las correspondientes a los Gobiernos Municipales son 92, haciendo en total 437 cárceles, las cuales tienen la siguiente capacidad en cuanto al número de presos que pueden retener:
CENTRO DE RECLUSIÓN
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CAPACIDAD
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Gobierno Federal
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6,595
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Gobierno del D.F.
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19,088
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Gobiernos Estatales
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142,937
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Gobiernos Municipales
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3,483
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TOTAL
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172,103
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(SSP, Dirección de Archivo Nacional de Sentenciados y Estadística Penitenciaria, marzo 2009).
Debido a que la población de presos ha aumentado de 154,732 que se tenían para el año 2000 a 224,016 que se tienen al mes de marzo del 2009, es necesario compartir reos del sistema Federal al Local por causa de la capacidad. (Subsecretaría del Sistema Penitenciario Federal, Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social, Archivo Nacional de Sentenciados y Estadística Penitenciaria, marzo 2009).
Sobre este tema, un ejemplo de una cárcel modelo, al que por cierto no todos los reclusos tienen acceso debido a que exige determinado perfil además del límite de internos que puede llegar a albergar, es el penal de las Islas Marías, en donde se cuenta actualmente con una prisión de baja peligrosidad y un promedio de 1,200 presos para abril del 2009, prisión de la cual se pretende incrementar en el futuro para constituirse como una colonia penal de baja y media peligrosidad, en donde la población que sostenga pudiera ascender a los 8,000 internos.
La diferencia de esta última prisión es que no existen barrotes. Las rejas son el mar, los presos están bajo una libertad reglamentada que se hallan en contacto directo con la naturaleza. ¿Por qué los presos no reinciden en su mayoría después de haber estado en Las Islas Marías? O bien, ¿por qué muchos de ellos solicitan quedarse en las Islas aún después de haber purgado sus condenas? La respuesta es sencilla, encontraron un modelo de prisión que les regresó su dignidad. Se les dio la confianza de entregarles una supuesta libertad y la maravilla de reencontrarse en contacto directo con la naturaleza, aquella bella obra de Dios que durante años había estado escondida para ellos tras las rejas y los ladrillos de sus prisiones de origen, en donde, por obviedad, estaban también hacinados.
¿Qué sería si este modelo pudiera replicarse en otras partes del mundo? ¿Podría incluso ser instituido en México como la prisión modelo que fomentara una verdadera transformación de las personas que deban cumplir con sus condenas?
Tal vez de llegarse a hacer esto realidad, se le estaría regresando a la sociedad esos seres humanos que por diversos motivos tuvieron que ser separados pero que de manera genuina pudieran ser rehabilitados y readaptados, incluso hasta capacitados para insertarse dentro del sector productivo, ya fuera el caso a nivel gubernamental o en el sector privado. Finalmente, ¿no es la prisión un reflejo también de la misma sociedad y de sus tiempos? (Comunicado personal, abril 2009). Y siendo así, ¿no sería entonces la sociedad la responsable de resarcir los errores que el mismo sistema pudiera estar provocando? [i]
Debería partirse del concepto del hombre, de aquel hombre que en esencia habita dentro del recluso y que pudiera haberse perdido, pero que no por ello, estuviera diciendo a gritos, en medio de su silencio, su desesperada necesidad por sacarlo a flote, después de todo, no porque no lo diga o no lo pueda decir, deja de necesitarlo...
Las prisiones deben ser "humanizadas" en todos los aspectos... (Comunicado personal, abril 2009), tal vez la esperanza esté ahora en el nuevo modelo que se instaure dentro de las Islas Marías, que en esa búsqueda de la "metanoia", (P. Bernardo Skertchly, L.C., comunicado personal, abril 2009), se dé un cambio planeado que reivindique al hombre como hombre en su cabal y total extensión de la palabra.
Nota: Los comunicados personales donde no aparece el autor están señalados debidamente pero por razones de confidencialidad o de respeto del anonimato, se omiten bajo previa petición, revisión y autorización de sus autores de los mismos. Los pensamientos ahí expresados son propiedad de dichos pensadores de los cuáles sólo el autor del artículo conoce su referencia.