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OPINIÓN: La 'interminable' (y no siempre respetada) Constitución mexicana

La Carta Magna mexicana ha sufrido innumerables modificaciones, al grado que la mejor forma de acceder a ella es por la vía electrónica
mié 05 febrero 2014 06:14 AM
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Nota del Editor: Francisco Burgoa es abogado y profesor de Derecho Constitucional en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Es consultor en temas constitucionales y parlamentarios, y asesor editorial del programa "Diálogo Jurídico” de Radio UNAM. Puedes seguirlo en su cuenta de Twitter:  @fburgoa

(CNNMéxico) — Faltan tres años para que se cumpla el Centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y considerando sus constantes cambios (614 artículos reformados en 216 decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación), cada día son más las voces del ámbito académico y político que empiezan a cuestionarse —con justa razón— sobre la pertinencia o no de tener una nueva Constitución que permita su comprensión y que facilite su interpretación y aplicación.

Con cierta frecuencia se suele comparar a la Constitución de los Estados Unidos con la nuestra desde el punto de vista de su longevidad (año 1787) y de su poca reformabilidad (27 enmiendas), sin embargo, no considero adecuada dicha comparación, por la sencilla razón de que ésta es una Constitución de principios y la mexicana, es una "Constitución-reglamentaria" —establece disposiciones muy a detalle que son propias de las leyes reglamentarias—.

La reformabilidad constitucional que padece nuestro texto —el cúmulo de correcciones del que ha sido objeto— podría equipararse al hecho de dejar caer una bola de nieve desde la cima de una montaña que nunca concluye y en cada momento crece más, por lo que en este caso, seguirá ese interminable proceso de "actualización", bajo el argumento de que el Derecho no puede permanecer estático, sino dinámico para hacer frente a los retos que demanda la sociedad.

Ante ello, vale la pena reflexionar y decir que jurídicamente seguimos teniendo la misma Constitución de 136 artículos, pero es innegable que cualitativamente son dos textos distintos. La de 1917 (con 22,500 palabras), le dio continuidad a los principios fundamentales establecidos en la Constitución Federal y liberal de 1857 e incorporó las demandas sociales provenientes de nuestra revolución: educación laica, propiedad agraria y protección de los derechos laborales; y la de 2014 (con 62,000 palabras), es el resultado de la evolución del sistema político mexicano y de los derechos fundamentales de los gobernados y sus garantías.

En esas circunstancias, es momento propicio para tener presente la iniciativa que en 2013 presentó el senador priista Raúl Cervantes Andrade —a la que se sumaron senadores del PAN y PRD— y que consiste en expedir una " Ley para normar los trabajos para la discusión de una Constitución de Principios ", para ajustar a los tiempos actuales el texto constitucional, sin lastimar sus contenidos normativos, pero sí corrigiendo incongruencias y anacronismos.

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La propuesta existe, falta voluntad para su discusión y aprobación, previo perfeccionamiento a través de las opiniones autorizadas de destacados constitucionalistas como Héctor Fix-Zamudio, Diego Valadés o Miguel Carbonell, entre otros.

De hecho, si queremos construir una cultura de la constitucionalidad, es urgente contar con un texto supremo que nos ayude a ello, de lo contrario, pareciera que cual Sísifo, los mexicanos estamos castigados a no poder conocer el contenido de nuestra Constitución, porque justo cuando se adquiere una impresa, ya hay una nueva reforma que obliga a tener que sustituirla, por eso la mejor forma de tener una Constitución actualizada es en formato electrónico, empero, lamentablemente la mayoría de la población no puede acceder o de poder, no le interesa leerla, además de que conlleva otro problema: se ha convertido en un texto muy técnico que queda fuera de la fácil comprensión de las personas ajenas al mundo del abogado.

Concluiría diciendo que el escenario deseable es tener una nueva Constitución; sin embargo, considero que lo más a que podríamos aspirar en nuestro contexto, es a construir acuerdos para hacer posible la reforma integral que permita reordenar todo su contenido y le de una adecuada sistematización a nuestro texto constitucional, para facilitar su comprensión, pero sobre todo —97 años después— hacer realidad el deseo de Venustiano Carranza y los diputados constituyentes de Querétaro: el cumplimiento de la Constitución. 

Nota del editor: En el conteo de reformas realizadas se incluyen las constitucionales en materia de reforma política-electoral y de transparencia. 

Las opiniones recogidas en este texto pertenecen exclusivamente a Francisco Burgoa.

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