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Peña quiere vigilar; EU busca limitarse

El Gobierno mexicano va en sentido contrario en protección de información de los usuarios: expertos; la Casa Blanca plantea restringir a las autoridades el acceso a los datos de las personas.
mié 23 abril 2014 06:01 AM
El presidente mexicano, Enrique Peña, ha provocado polémica en Twitter por su propuesta restrictiva al uso de Internet. (Foto: Getty Images)
peñanieto

En materia de protección de datos de los usuarios de telefonía móvil, México va en sentido contrario a la tendencia mundial, pues mientras Estados Unidos alista reformas para eliminar la recolección de registros telefónicos, el Gobierno de Enrique Peña Nieto plantea intervenir las comunicaciones en cualquier dispositivo sin necesidad de una orden judicial.

La iniciativa de leyes secundarias que presentó el Gobierno federal dejaría sin protección los datos personales de los ciudadanos.

La propuesta del Ejecutivo obliga a las compañías a conservar un registro y control de datos que pueden ser requeridos por la autoridad, además de permitir que procuradurías, ministerios públicos e instancias de seguridad ejerzan el control y ejecución de la intervención de las comunicaciones privadas.

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Tras el escándalo de espionaje a varios líderes del mundo, la Casa Blanca pretende eliminar la recolección de registros que de manera masiva realizaban las agencias de seguridad bajo el amparo de la Ley Patriota, para ceder la facultad a las empresas telefónicas, que almacenarán los datos por 18 meses.

El plan, que aún no ha sido presentado de manera oficial, también obliga al Gobierno de EU a solicitar una orden judicial individualizada de la Corte de Vigilancia de Inteligencia Extranjera (FISC, por sus siglas en inglés) para que pueda obtener los registros.

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La FISC debe estar de acuerdo con las preocupaciones en materia de seguridad nacional. La aprobación de la autoridad tendría un límite de tiempo y obliga a las compañías a ofrecer asistencia técnica.

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Con la propuesta de leyes secundarias en telecomunicaciones en México, la base de datos se mantiene en las empresas y no en una agencia gubernamental. Estos serán guardados por 24 meses, con la posibilidad de que ampliarse a petición del Gobierno. 

Y aunque se específica que la intervención de las comunicaciones es para perseguir delitos contra la salud, secuestro o extorsión, se deja abierta la posibilidad de que se comprometa la privacidad de las comunicaciones entre privados, advierten especialistas. “Es importante establecer ciertos candados para el uso de estos datos personales que garanticen la protección de los ciudadanos”, explica el consultor independiente Yuri Cinta.

“Ahora existe una corriente internacional fundamentalmente encabezada por (la canciller alemana) Angela Merkel y la presidenta (de Brasil) Dilma Rousseff en el sentido de protección de datos de Internet y proteger el derecho a la intimidad, y ellas están encabezando estos foros internacionales y es un debate que existe en la Unión Internacional de Telecomunicaciones con esta idea de no permitir que los Estados, primero, se espíen unos a otros; dos, que se proteja el dato como un bien personal bien intimo; tres, que salvo orden judicial expresa tú puedas acceder a los datos de alguien, incluidos su geolocalización”, puntualizó por su parte el director de Mediatelecom Policy and Law, Jorge Negrete.

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El Senado mexicano debe de considerar al debatir y votar este apartado del proyecto cómo se puede garantizar la protección de datos para evitar que en un futuro puedan adquirirse en el mercado negro, coinciden los expertos.

“Como que le están quitando facultades al IFAI (…) para pasárselos a los ministerios públicos que puedan acceder a la información de forma legal aunque el destino pueda no ser tan claro”, subrayó el especialista en Telecomunicaciones del Tecnológico de Monterrey, campus Ciudad de México, Rogelio Bustamante Bello.

“La información debería de ser encriptada, se debería de añadir a la ley; y alguien debería de tener acceso a esa llave de encripacitón para que entonces haya manera de responsabilizar a alguien”, añade.

El Parlamento Europeo aprobó artículos que permiten a los particulares portar sus datos y decidir qué hacer con ellos. Además plantea sanciones económicas a las empresas por el mal uso de ellos hasta por 100 millones de euros.

Propuesta del Gobierno de México

El proyecto de Enrique Peña Nieto busca que procuradurías, ministerios públicos e instancias de seguridad puedan controlar e intervenir en las comunicaciones privadas.

1. Artículo 190: “Los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados y proveedores de servicios de aplicaciones y contenidos están obligados a permitir que las autoridades facultadas por la ley ejerzan el control y ejecución de la intervención de las comunicaciones privadas y a brindarles el apoyo que éstas les soliciten de conformidad con las leyes correspondientes”.

2.  Artículo 191: “El Instituto (Federal de Telecomunicaciones) en coordinación con las instancias de procuración de justicia e instancias de seguridad, respectivamente, establecerán los procedimientos, mecanismos, requerimientos técnicos, incluyendo puntos de conexión, así como medidas de seguridad que los concesionarios de telecomunicaciones y, en su caso, los autorizados deberán adoptar para la localización geográfica en tiempo real de cualquier tipo de dispositivo de comunicación, así como para el control y ejecución de la intervención de comunicaciones privadas a cargo de la autoridad de conformidad con las disposiciones aplicables”.

3. “Los concesionarios de telecomunicaciones (…) deberán (…) dar entre otras, todas las facilidades físicas, técnicas y humanas, que permitan iniciar de manera inmediata la localización geográfica en tiempo real y la ejecución y control de intervención de las comunicaciones (…)”

4.  Artículo 192: “La obligación de conservar los datos a que se refiere el presente artículo cesa a los 24 meses, contados a partir de la fecha en que se haya producido la comunicación, salvo aquellos casos en los que las autoridades competentes determinen un plazo mayor”.

5.  Artículo 194: “Los concesionarios de telecomunicaciones deberán entregar los datos conservados a las instancias de procuración de justicia e instancias de seguridad que lo requieran, conforme a sus atribuciones, de conformidad con las leyes aplicables”.

Anteproyecto del Gobierno de Estados Unidos 

El presidente Barack Obama consultó al Departamento de Justicia y a la Comunidad de Inteligencia para establecer un nuevo mecanismo que proteja la privacidad de las personas, y que a su vez permita garantizar la seguridad nacional mediante las labores de inteligencia.

1. “El Gobierno no recolectará los registros masivos de datos telefónicos; por el contrario, los registros permanecerán en las compañías telefónicas por el periodo de tiempo que lo hace actualmente (18 meses)”.

2. “El Gobierno obtendrá los registros sólo con una orden individual de la (Corte de Vigilancia de Inteligencia Extranjera) FISC aprobando el uso de números específicos para dichas consultas, si un juez acepta las preocupaciones de seguridad nacional”

3. “Los resultados de cualquier consulta está limitada a los metadatos que tengan relación en dos saltos (los datos que se comparten entre un sujeto A y B), en lugar de tres (…) y el manejo de cualquier registro que obtenga el Gobierno será gobernado por procedimientos de minimización aprobados por la FISC”.

3. “La aprobación por la corte de los números (a vigilar) pueden ser utilizados para la consulta de datos por un periodo limitado sin la posibilidad de regresar a la FISC para una aprobación, y la producción de registros continuará y será en prospectiva”.

4. “Las compañías serán obligadas por la corte para proveer asistencia técnica para asegurarse de que los registros puedan ser consultados y que los resultados sean transmitidos al Gobierno en un formato utilizable y oportunamente”.

Parlamento Europeo

El proyecto de ley debe de ser aprobado por el Consejo Europeo para que entre en vigor.

1. Artículo 17: “Cualquier persona debe tener el derecho de poder borrar sus datos personales cuando una solicitud de datos no se apegue a las reglas de la UE, el dato no sea necesario para los propósitos por los que fue almacenado, o que la persona no de su consentimiento para el procesamiento de sus datos

1. Artículo 43: “Las reglas votadas en el comité regula las transferencias de datos personales a países terceros (fuera de la Unión Europea). Si un país tercero pide a la empresa revelar datos personales procesados en la Unión Europea, la firma deberá de obtener un permiso de la autoridad nacional de protección de datos e informar a la persona referida antes de transferir algún dato".

3. Artículo 79: “Por quebrantar el reglamento, las autoridades de protección de datos tendrán que imponer al menos una de estas sanciones: una advertencia por escrito, una auditoría periódica de protección de datos o para las compañías, una multa de hasta 100 millones de euros o 5% de sus ganancias anuales mundiales, cualquiera que sea mayor.

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