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Peña impugna artículos de ley de telecom por regulación de audiencias

La Constitución no otorga atribuciones al IFT para regular los derechos de las audiencias, argumenta el Ejecutivo federal.
mar 31 enero 2017 08:06 PM
Discrepancias
Discrepancias El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias, sostiene el Ejecutivo. (Foto: hxdbzxy/Getty Images/iStockphoto)

El presidente Enrique Peña Nieto presentó una controversia constitucional contra el Congreso de la Unión por ocho artículos de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con el argumento de que dan facultades inconstitucionales al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

El mandatario ordenó interponer el recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que se deroguen ocho artículos contenidos en la ley, informaron en conferencia de prensa el Consejero Jurídico de Presidencia, Humberto Castillejos, y el vocero presidencial Eduardo Sánchez.

"El Congreso de la Unión dio atribuciones que son del Poder Ejecutivo y se las atribuyó al IFT", señaló a Expansión, Mario Maraboto, director de Comunicación y Medios del organismo.

nullCastillejos afirmó que la Constitución no otorga atribuciones al IFT para regular los derechos de las audiencias.

Expuso que los argumentos de esta controversia se centran en que la Ley de Telecomunicaciones otorgó al instituto la facultad de regular a las audiencias, pero los derechos de éstas no pueden darse en lineamientos generales del IFT.

"El vicio es de origen porque la ley no le debió dar facultades al IFT para regular el derecho de las audiencias", agregó.

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Por ahora corresponde a la SCJN atraer el caso para poder resolver la controversia.

Respecto a los tiempos, Castillejos recordó que la demanda primero tiene que ser admitida por algún ministro y se debe notificar a las partes demandadas, para que posteriormente se presente un proyecto de resolución.

En este sentido, expuso que se debe esperar a que se admita la controversia para analizar si se solicita un incidente de suspensión de esta ley, que entraría en vigor el próximo 16 de febrero.

Respuesta

El IFT indicó que la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones y competencia económica reconoció derechos de las audiencias, los cuales fueron establecidos expresamente en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como diversos mecanismos para su protección.

"Entre otras cosas, la ley estableció el derecho a que se diferencie con claridad la información noticiosa de la opinión de quien la presenta, el derecho a que se aporten elementos para distinguir entre la publicidad y el contenido de un programa, así como la figura del defensor de audiencias y el deber de los concesionarios de contar con códigos de ética", indicó en un comunicado.

El regulador recordó que la ley también le ordenó emitir lineamientos en esta materia, lo que cumplió el 29 de noviembre, después de un proceso de consulta pública y un amplio análisis de las mejores prácticas internacionales.

"Ante estos señalamientos, algunos que incluso responsabilizan al IFT por normas previstas expresamente en la ley, es de celebrar la utilización de los canales institucionales para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación la que defina el alcance de los derechos y las facultades del Congreso de la Unión y del IFT en esta materia", se lee en el comunicado.

Además, la Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT), informó que el 24 de enero envió una carta al comisionado presidente del IFT, Gabriel Contreras, donde solicitaba se abriera al análisis y discusión a diversos aspectos de los lineamientos de los derechos de las audiencias por considerar que dejan a la industria en "estado de indefensión".

Por ello, la CIRT vio en el procedimiento ordenado por el presidente Peña Nieto la "oportunidad de preservar la libertad de expresión".

División

A su vez, el presidente de la Mesa Directiva del Senado, Pablo Escudero Morales, presentó este martes una controversia constitucional ante la SCJN, en contra de los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias, del IFT.

El senador Escudero Morales acudió ante la instancia judicial con el consenso de los grupos parlamentarios del PRI, PAN y PRD. Y, además recogiendo algunas opiniones de gobernadores, presidentes municipales, diputados, académicos, empresarios y personas que se dedican a la comunicación, informó en un comunicado el Senado.

"El texto entregado advierte que son inconstitucionales los Lineamientos Generales Sobre la Defensa de las Audiencias, publicados el 21 de diciembre de 2016 en el Diario Oficial de la Federación, al invadir la esfera de competencias del Congreso de la Unión, para normar los derechos de las audiencias", señala el texto.

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Puntos

Los Lineamientos Generales sobre la Defensa de las Audiencias establecen el deber de los concesionarios de distinguir entre la información que se presenta y la opinión de quien la presente.

Las suspensiones se emplearán cuando los medios violen las normas establecidas en dicha materia y contemplan multas de entre 1% y 3% de los ingresos de los concesionarios.

Los lineamientos fueron aprobados por el pleno del IFT el 29 de noviembre del 2016, se publicaron el 21 de diciembre en el Diario Oficial de la Federación y entrarán en vigor el próximo 16 de febrero.

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