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9 puntos del nuevo acuerdo aéreo entre EU y México

A partir de este domingo entra en vigor un acuerdo que tomó a ambas naciones 4 años de negociaciones. Entérate en qué consiste.
dom 21 agosto 2016 06:00 AM
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Oferta El convenio bilateral aéreo entre México y Estados Unidos ofrecerá a las aerolíneas ofrecer una mayor variedad de servicios.

Los cielos de México y Estados Unidos estrenan este domingo un acuerdo que tomó cuatro años de negociaciones y que busca fomentar y facilitar la competencia en el mercado aéreo de ambos países: el Acuerdo sobre Transporte Aéreo.

El decreto que promulga este acuerdo, y que fue publicado el viernes, indica que ambos países se comprometen a fomentar y facilitar un sistema de aviación internacional basado en la competencia entre las líneas aéreas.

Entre los principales puntos que debes conocer de este convenio están:

1. Brinda a las líneas aéreas la posibilidad de ofrecer al público viajero y de comercio de carga una variedad de opciones de servicio.

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2. Alienta a las empresas de ambos países a desarrollar y aplicar tarifas innovadoras y competitivas.

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3. Brinda el más alto grado de seguridad y protección en el transporte aéreo internacional.

4. A través de líneas aéreas, cada país concede al otro el derecho de volar a través de su territorio sin aterrizar, hacer escalas en su territorio para fines no comerciales y otros derechos.

5.Cada nación tendrá el derecho de designar el número de líneas aéreas que quieran operar transporte aéreo internacional de acuerdo con este acuerdo y podrán cancelar o modificar tales designaciones.

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6. Cualquiera de los países puede revocar, suspender o limitar las autorizaciones de operación o permisos técnicos de una línea aérea cuando la propiedad sustancial y el control efectivo de dicha línea aérea no pertenezcan a uno u otro país, dejen de cumplir las leyes y reglamentos y no mantengan los estándares de seguridad.

Infografía: ¿Qué sí y qué no permite el acuerdo bilateral aéreo?

7. Las líneas aéreas tendrán el derecho de establecer oficinas en el otro territorio para la promoción y venta de transporte.

8. Al arribar a la nación opuesta, las aeronaves utilizadas en transporte aéreo, su equipo, combustible, lubricantes, suministros técnicos y otros objetos usados para la operación o mantenimiento estarán exentos de cualquier restricción a la importación, impuestos sobre la propiedad y gravámenes sobre el capital.

9. Los dos países permitirán que las tarifas para el transporte aéreo sean fijadas por las líneas aéreas, de conformidad con las consideraciones comerciales en el mercado.

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