Los 'huecos' que Guillermo Padrés ve en la investigación en su contra
El exgobernador Guillermo Padrés Elías acaparó los reflectores nacionales este jueves.
Después de ser acusado de actos de corrupción, de recibir críticas de sus propios compañeros en el PAN y enfrentar una orden de aprehensión, por la mañana decidió entregarse a la justicia y quedó detenido en el Reclusorio Oriente de la Ciudad de México. Sin embargo, el exfuncionario confía en que la defensa legal que han armado sus abogados podrá echar abajo las investigaciones de la Procuraduría General de la República (PGR) y lograr que quede en libertad.
El equipo encabezado por el penalista Antonio Lozano Gracia asegura haber encontrado numerosas inconsistencias en el trabajo de la PGR. Entre otras, señala que se ingnoró el principio de presunción de inocencia, así como que hubo violaciones al debido proceso y actuación de "mala fe" por parte del Ministerio Público federal. En tanto, la PGR lo cree responsable de los delitos de lavado de dinero y defraudación fiscal equiparable por un monto cercano a los 8 millones de dólares.
Aquí te presentamos los argumentos con los que busca defenderse el exgobernador de Sonora.
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Acceso incompleto a las averiguaciones
La defensa de Padrés sostiene que, pese a que las averiguaciones contra su cliente datan de octubre y noviembre de 2014 , fue hasta noviembre de 2015 que pudo tener acceso a ellas, y que lo logró gracias a un amparo.
“En abril de 2015, me presenté ante la Procuraduría General de la República, ante la (entonces) procuradora (Arely Gómez), para decirle ‘aquí estoy, de qué se me acusa’, y no se me dio acceso al expediente, no se me daba la oportunidad de saber de qué se me acusaba", dijo Padrés este jueves a Grupo Fórmula.
En un documento, los abogados advierten que esta circunstancia viola el derecho de Padrés a un debido proceso y a una defensa adecuada. No obstante, la PGR afirma que ha actuado con apego a la ley y que Padrés tuvo conocimiento de las indagatorias de las que era objeto.
#Entérate El imputado sí tenía conocimiento de la orden de aprehensión que existe en su contra, por los diversos amparos que ha solicitado.
— PGR México (@PGR_mx) November 10, 2016
Violaciones a la garantía de audiencia
El documento también señala que Padrés no pudo ejercer su derecho de audiencia antes de que la PGR solicitara y consiguiera una orden de aprehensión en su contra. Según el texto, los funcionarios de la procuraduría "contestaron con evasivas" a las solicitudes del exgobernador en ese sentido.
Por su parte, la PGR asegura que era Padrés quien debía presentarse ante el juez.
#Entérate El imputado debe ponerse a disposición del juez y @PGR_mx verificará que se inicie el proceso correspondiente.
— PGR México (@PGR_mx) November 10, 2016
Acusaciones por delitos que son excluyentes
Con base en los códigos Penal y Fiscal de la Federación, los abogados argumentan que los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y de defraudación fiscal equiparada son excluyentes entre sí, por lo que, al dictarse la orden de aprehensión por ambos, se violan los principios de legalidad y seguridad jurídica.
“Los recursos que resulten de actividades ilícitas no deben pagar impuestos, como pretende el Ministerio Público de la Federación en su pliego de consignación y el juez en su orden de aprehensión", dice el documento de la defensa.
"Los recursos que provengan de actividades ilícitas deben ser asegurados íntegramente —en las hipótesis de que ese origen se acredite— por el Estado mediante la vía que la propia norma jurídica establezca, pero de ninguna manera resulta procedente el pago de un impuesto respecto de recursos", agrega.
Actuación de "mala fe" desde el Ministerio Público
La defensa señala que, en el caso que se le sigue al exgobernador, hubo una actuación de “mala fe” por parte del Ministerio Público de la Federación, que integró de manera simultánea dos indagatorias, una de otubre de 2014 y otra de enero de 2016 —ambas relacionadas con el delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita—, respecto a la misma persona por los mismos hechos, lo que vulnera el principio de que nadie puede ser acusado dos veces respecto de los mismos hechos delictivos.
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