Nuevas reglas prohíben la promoción electoral antes de los tiempos oficiales
El Instituto Nacional Electoral (INE) prohibió a los aspirantes a alguna candidatura promocionar su imagen por cualquier medio antes de los tiempos oficiales.
El Consejo General de la institución aprobó este jueves nuevos lineamientos para regular la difusión de mensajes de quienes pretendan participar en los próximos comicios federales y estatales, así como para evitar que los dirigentes y voceros de los partidos utilicen los spots con los que cuentan las fuerzas políticas para posicionarse personalmente.
La resolución del INE argumenta que estas medidas tienen el objetivo de garantizar la equidad de la contienda.
Para identificar una presunta promoción indebida, el órgano electoral estableció como método preguntar sobre sus intenciones políticas a los posibles aspirantes, "bajo protesta de decir verdad". En caso de que éstos nieguen la pretensión de ser candidatos y al final lo sean, el acuerdo aprobado prevé como sanción considerar la propaganda como actos anticipados y contabilizarlos como gastos de campaña o de precampaña.
Los procedimientos sancionatorios se abrirán a partir de quejas y el propio INE también podrá iniciarlos por oficio.
La restricción aplica para cualquier medio de comunicación, electrónicos e impresos, páginas de internet , mensajes pagados en redes sociales, anuncios físicos de todo tipo, artículos promocionales, e incluso en cines.
El acuerdo detalla que se considerará propaganda cualquier mensaje que incluya "voces, imágenes o símbolos que hagan razonablemente identificable al aspirante", o en cuyo contenido "se pueda advertir de manera directa o indirecta la promoción pública de un aspirante".
Los lineamientos excluyen los mensajes de los políticos en las redes sociales —que solamente se sancionarán si hay un pago para su difusión—, así como sus declaraciones a los medios de comunicación, "bajo el ejercicio debido del derecho a la libertad de expresión y de prensa".
Los posibles candidatos deben seguir estas nuevas reglas a partir del inicio formal del próximo proceso electoral —que arranca el 8 de septiembre— y hasta el inicio de las precampañas, cuando podrán anunciarse para obtener una candidatura. En el periodo de intercampañas —que abarca del fin de las precampañas al inicio de las campañas—, los ‘candados’ se reactivarán.
Esta decisión se da ante la controversia que ha desatado la aparición en spots de personalidades destacadas de los partidos que han manifestado su intención de contender en los procesos de 2018 —cuando habrá votaciones de Presidencia de la República, senadores, diputados y 30 comicios estatales— o que son mencionados como posibles candidatos. Es el caso del presidente del PAN, Ricardo Anaya; la dirigente del PRD, Alejandra Barrales, y el líder nacional de Morena, Andrés Manuel López Obrador.
"En estos lineamientos no hay destinatario alguno, son neutros y sin intención de favorecer o perjudicar a nadie. Lo que buscan es cancha pareja para todas y todos los que aspiren a un cargo de elección popular el próximo año", dijo durante la sesión extraordinaria el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova.
La regulación también se refiere a los mensajes de servidores públicos. Indica que los informes de labores deben ser relativos a actividades concretas, y prohíbe la exaltación de programas, obras o logros de los gobiernos local o federal.
En cuanto a los criterios para la aparición de dirigentes y voceros partidistas en tiempos oficiales de radio y televisión, el INE instruye a la Comisión de Quejas analizar la posible existencia en los spots de elementos a través de los cuales "razonablemente se pueda inferir que el promocional tiene la intención preponderante de posicionar indebidamente a un dirigente o vocero de un partido político, y no al propio partido político, a sus precandidatos o candidatos".
El INE también aprobó que, a más tardar en agosto, el Consejo General deberá emitir normas relativas al uso indebido de programas sociales.
Tanto los partidos como los ciudadanos inconformes con lo aprobado pueden impugnar esto ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).