“Supimos que las tiendas que están en la misma zona dieron hasta 10,000 pesos de utilidades y son mucho más pequeñas que Soriana. En años anteriores, nos habían dado solo 300 pesos y nadie decía nada. El año pasado cambiaron la razón social y nos dijeron que ahora sí tendríamos mejores utilidades, pero solo aumentaron el pago el año pasado. El nombre del grupo de WhatsApp se cambió a 'Huelga por las miserias' y comenzamos a organizarnos para cerrar la tienda el sábado 25 de mayo”, comenta.
La mujer detalla que los empleados que sí tienen un sindicato son los de línea, es decir, los surtidores. La otra parte, que son los que iniciaron el paro, no están sindicalizados y están contratados directamente por la empresa. El paro arrancó en la mañana y pasadas las horas los empleados lograron hablar con el director de Ventas Zona Frontera Noreste, Manuel Cerda.
“Quedó muy formal de que no iba a haber represalias contra nadie, le repetimos que nosotros estábamos exigiendo eso, pero pacíficamente y que sentíamos que era injusto el pago de utilidades que se nos dio. Nosotros ya llevábamos rato intentando hablar con los gerentes de la empresa para pedir un ajuste salarial, insumos como agua y papel y que se ampliara la plantilla laboral, pero a él no le llegaban las quejas que teníamos. Ese día le planteamos todo”, dice.
Lo acordado, según cuenta la mujer, es que se daría seguimiento a las peticiones y que no habría represalias por el paro. Sin embargo, el lunes 27 de mayo la despidieron. “Uno a veces es ignorante en estos temas, me dijeron que me darían la liquidación con la condición de que ya no hiciera más relajo, piensan que yo fui la que los levantó a todos. Hasta donde supe salieron otros cinco compañeros que estuvieron en el paro”, expresa.
¿Paros aislados?
La mujer entrevistada es una de las trabajadoras despedidas por Soriana esta semana. La empresa distribuyó el pago de utilidades (PTU) de manera que generó insatisfacción entre empleados de varias sucursales en distintos estados del país. Los trabajadores recibieron en promedio 380 pesos como reparto de PTU.
Las protestas comenzaron el viernes 24 de mayo y continuaron durante el fin de semana en tiendas ubicadas en estados como Veracruz, Puebla, Tamaulipas y la Ciudad de México. En videos publicados en TikTok, se muestra a los trabajadores inconformes siendo instados a regresar a sus actividades laborales, e incluso se les amenazó con despedirlos. Sin embargo, los empleados argumentaron que el pago de utilidades fue muy bajo y que la tienda no ha reportado pérdidas.
El reparto de utilidades, oficialmente conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho establecido por el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo. Este derecho implica que los empleados reciban el 10% de las utilidades fiscales obtenidas por la empresa en el año anterior, basado en su tiempo trabajado y sueldo.
La distribución de la PTU se realiza en mayo para empresas con personalidad moral y en junio para personas físicas. La legislación establece límites para esta distribución, que pueden llegar hasta tres meses de sueldo o el promedio de la PTU pagada en los últimos tres años, dependiendo de lo que sea más favorable para el trabajador.
El abogado laboral Óscar de la Vega explica que las empresas están obligadas a comunicar a los empleados los resultados del año fiscal, incluso si las utilidades son cero. Aunque esta información es privada y no puede ser divulgada públicamente, todos los trabajadores tienen derecho a ver la declaración anual de la compañía.
El artículo 121 de la Ley Federal del Trabajo establece que la empresa debe entregar la declaración anual dentro de los 10 días siguientes a su presentación. Los anexos fiscales presentados a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público estarán disponibles para los trabajadores durante 30 días en las oficinas de la empresa.
Estefanía Rueda, abogada laboral del despacho Littler, menciona que la ley establece un procedimiento para realizar paros por inconformidad con las utilidades declaradas ante la autoridad. Primero, los empleados deben conocer si hay utilidades.
El artículo 121 de la LFT establece que la empresa debe proporcionar, dentro de los 10 días siguientes a la presentación de la declaración ante la autoridad, una copia de dicha declaración a los empleados. Además, la declaración debe estar disponible en la oficina de la empresa y en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que los trabajadores puedan consultarla.
Después de esto, los empleados cuentan con 30 días para presentar inconformidades sobre lo presentado y declarado por la empresa. Si hay un sindicato, este puede convocar paros a través de un emplazamiento a huelga, pero antes se negocia una conciliación con el Tribunal Laboral.
Si se realiza el paro de labores, no solo el personal sindicalizado dejará de prestar servicios, sino también el personal de confianza, y se prohíbe el acceso a cualquier persona al centro de trabajo. El patrón ya no puede disponer de los recursos dentro de las instalaciones ni comercializar, ya que jurídicamente se convierte en un depositario de los bienes, lo que significa que solo tiene permitido cuidarlos.
Si no hay una representación sindical, los trabajadores pueden organizarse, pero no existe un mecanismo legal que les permita realizar un paro de labores. En su lugar, los trabajadores deben presentar sus objeciones al reparto de utilidades ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, un proceso legal que raramente se lleva a cabo.
"Muy pocos trabajadores tienen el conocimiento de todo lo que conlleva objetar ese reparto de utilidades y, por eso, son pocas las demandas que existen respecto al reparto de utilidades incorrecto. Sin embargo, esto no da el derecho a los trabajadores de detener las operaciones de la empresa. Las organizaciones tendrían que mantener una comunicación clara con ellos para que sepan cómo se debe proceder. Lamentablemente pocas empresas lo hacen", explica Rueda.
De acuerdo con los abogados, en caso de presentar inconformidades, Hacienda tiene 30 días para emitir una resolución sobre las utilidades a repartir entre los trabajadores. Una vez emitida la resolución, ésta debe ser acatada tanto por el patrón como por los empleados. La resolución puede confirmar que no hay utilidades a repartir, que el monto a repartir es el correcto, o que se debe repartir una cantidad mayor entre los empleados de la empresa.
"Si se obstaculiza el acceso al centro de trabajo o se realiza un paro de labores de manera injustificada, los empleados están incurriendo en una rescisión de contrato sin responsabilidad para la empresa", enfatiza Rueda.
La postura de Soriana
En un comunicado de prensa, Soriana informó que el pago de las utilidades se finiquitó el 24 de mayo para todos sus colaboradores. “Los números financieros de Soriana son transparentes y están debidamente registrados ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Con base en ello, Soriana presentó a las comisiones, analizó y aprobó el proyecto de reparto de PTU, asegurando el pago oportuno y adecuado de los salarios y prestaciones correspondientes a sus colaboradores”, comunicó la empresa.
La cadena de supermercados también indicó que están atendiendo puntualmente a los colaboradores que tienen dudas o comentarios respecto al pago de su PTU, en compañía de los representantes sindicales correspondientes.
Expansión preguntó al equipo de Relaciones Públicas de la compañía si lograron llegar a un acuerdo con los trabajadores. Respondieron que se ha conversado con los inconformes en presencia de su líder sindical, explicándoles los montos de PTU.
Respecto a la posibilidad de que los empleados realicen más paros, la empresa afirmó que no, ya que se trata de dudas aisladas. También respondieron que no se realizarían despidos. No obstante, la mujer entrevistada asegura que junto con ella salieron otros compañeros que estaban en las protestas afuera de las tiendas.
En su comunicado de prensa, Soriana concluye diciendo que es una empresa que ha recibido la certificación en Entornos Laborales Seguros y Saludables (ELSSA) del IMSS. Además, está certificada por el Top Employers Institute y en “Igualdad y No Discriminación” por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.