Al tener una relación laboral se firman varias disposiciones que la empresa establece y las que los trabajadores están obligados a cumplir si no quieren ser sancionados; sin embargo, hay una relacionada con la difusión de datos empresariales que pueden atraer la cárcel como castigo.
Cuidado con revelar secretos profesionales, puedes ir a la cárcel
El Código Penal del Distrito Federal establece en su capítulo II las sanciones por la revelación de secretos, las cuales incrementarán si es con motivo de algún empleo.
Castigos por revelar secretos profesionales
El artículo 213 del Código Penal establece que al que revele un secreto o comunicación reservada que por cualquier forma se le haya confiado y la emplee para el provecho propio o ajeno, “ se le impondrán prisión de seis meses a dos años y de veinticinco a cien días multa”.
Es decir, la multa máxima que estipula la ley es de 10,857 pesos, de acuerdo con el valor de la UMA estipulada para este año que es de 108.57.
Si el agente conoció o recibió el secreto o comunicación reservada con motivo de su empleo, cargo, profesión, arte u oficio, o si el secreto fuere de carácter científico o tecnológico, la prisión se aumentará en una mitad y se le suspenderá de seis meses a tres años en el ejercicio de la profesión, arte u oficio
Asimismo, la reglamentación añade que si la persona que difunde la información sin consentimiento es servidor público, se le destituye y se le aplicará la inhabilitación de seis meses a tres años.