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Cuando el trabajo invade tu WhatsApp, ¿qué puedo hacer?

La ley en México establece límites para el uso de grupos de trabajo en WhatsApp o cualquier otra red social, y contempla vías de defensa para proteger la privacidad.
vie 15 agosto 2025 04:47 AM
¿Puedo salir del grupo de WhatsApp del trabajo sin que me regañen? Lo que dice la ley en México
En México, el uso de aplicaciones de mensajería como WhatsApp para coordinar actividades laborales ha crecido, y con ello las dudas sobre si un trabajador está obligado a permanecer en estos grupos y cómo puede ejercer su derecho a la desconexión digital.

Mariana, trabajadora de una agencia de marketing digital, asegura que desde hace meses forma parte de un grupo de WhatsApp en el que su jefe envía mensajes después de las 10 de la noche. Al principio parecía útil para coordinar pendientes, pero con el tiempo las notificaciones se volvieron constantes.

En ese chat se comparten tareas, recordatorios y, a veces, mensajes sin relación con el trabajo. El teléfono personal de Mariana se convirtió en un canal abierto las 24 horas. “Me siento como si no hubiera forma de desconectarme”, relata. Aunque ha pensado en salir del grupo, teme que esto pueda ser visto como un incumplimiento laboral. “Me preocupa que digan que no estoy cumpliendo con mis responsabilidades o que no quiero colaborar”, agrega.

Este caso no es aislado. En México, el uso de aplicaciones de mensajería como WhatsApp para coordinar actividades laborales ha crecido, y con ello las dudas sobre si un trabajador está obligado a permanecer en estos grupos y cómo puede ejercer su derecho a la desconexión digital.

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Qué dice la Ley Federal del Trabajo

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Deepak Sethi

Víctor Paniagua, abogado corporativo y asesor jurídico, dice que la Ley Federal del Trabajo (LFT) no establece una obligación expresa para integrarte a un grupo de mensajería. “Legalmente la respuesta concreta es no, no te pueden obligar a pertenecer a un grupo de WhatsApp ni a tus redes sociales ni a absolutamente otro medio que no sean los medios institucionales, siempre y cuando el reglamento interno de trabajo no lo disponga y/o tu contrato individual de trabajo también lo estipule”.

La exigencia solo es viable si está prevista con finalidad, alcance y horario. “No nada más es como el trabajador deberá responder todo el tiempo a su línea telefónica; debe de ser específico por qué, para qué y cuáles van a ser los horarios, porque tenemos un derecho de desconexión total”, especifica el especialista.

El artículo 132, fracción III de la LFT, establece que el patrón está obligado a proporcionar oportunamente los útiles necesarios para el trabajo. Paniagua añade que a quienes se les da teléfono de la empresa es a directores o gerentes regularmente, pero que a veces se mete a toda la cadena a un grupo de WhatsApp, aunque no tengan equipo proporcionado.

A Mariana nunca le asignaron un teléfono corporativo: “Todo lo recibo en mi número personal y eso hace que mi celular sea como si fuera una herramienta de la empresa, pero yo lo pago”.

Privacidad, datos personales y derecho a desconexión

El artículo 16 constitucional protege la privacidad y los datos personales. El abogado detalla que si el trabajador es obligado a pertenecer a un grupo de WhatsApp, se está violando el tema de datos personales.

Si el contrato o reglamento prevé la obligación y te niegas, el artículo 47 de la LFT podría usarse para alegar incumplimiento solo en ese supuesto. Aun así, pesa la desconexión digital reconocida en 2021. “No pueden violentar ni ir más allá de (la jornada laboral). Si te escriben fuera de ese tiempo, no tienes la obligación de contestar”, comenta Paniagua.

Cuando el teléfono y los datos son tuyos

“Si usas tu propio teléfono y plan de datos puedes negarte a entrar a un grupo de WhatsApp de la empresa, siempre que no esté estipulado de forma expresa en el contrato. En caso de que lo estipule, la empresa deberá pagar el plan de datos móviles y cualquier servicio de mantenimiento. No puede considerarse incumplimiento solo por eso”, dice Antonio Maluf Luna, abogado especialista en derecho laboral.

Maluf vincula esto con la desconexión, ya que si en ese grupo mandan mensajes fuera del horario, persiste el argumento legal de que no estás obligado a contestar.

Impacto en la dinámica de equipo

El especialista asegura que la cultura interna suele presionar, ya que WhatsApp se maneja como símbolo de compromiso donde debes estar disponible todo el tiempo.

Mariana admite que hubo ocasiones en donde no se enteró de decisiones tomadas en el chat grupal por haber silenciado su móvil, y que ha habido casos de compañeros que se les discrimina o aísla por pasar situaciones similares.

Ante ello, Maluf sugiere documentar la dinámica y pactar reglas con el jefe.

“Puedes decir: entro al grupo, pero acordemos que fuera de mi horario no se me envíen mensajes que requieran respuesta inmediata. También que lo importante se formalice por correo institucional”, aconseja.

Si la empresa te da el equipo, ¿cambia algo?

Victor Paniagua afirma que si el patrón entrega teléfono y plan existe un mayor margen para operacionalizar un grupo, siempre con objetivo y horarios definidos en los documentos internos. Eso no habilita disponibilidad total ni sustituye canales institucionales.

No porque tengas un celular de la empresa significa que debas atender mensajes todo el tiempo. Si no hay acuerdo, se vuelve invasivo y desgasta la relación laboral, agrega Maluf.

Recursos y defensa del trabajador

Si a pesar de haber hablado del tema en la empresa y con tu jefe, el problema persiste o incluso se agudiza, el trabajador puede llevar tres procesos diferentes:

Laboral (Profedet) cuando hay acoso laboral o violación de derechos de jornada y desconexión.

Civil: cuando puede haber daño moral por difusión de información o afectación a la reputación.

Penal (Ministerio Público): cuando se configuren extorsión, robo de identidad o abuso de confianza.

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