Cambios que tendrá la factura electrónica en 2022
- Existirá la versión 4.0.
- Incluirá de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Incluirá campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
- Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
- Incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
¿Cuándo entra el vigor el CFDI 4.0?
La nueva versión del CFDI 4.0 impactará en todos los flujos de emisión y recepción de facturación electrónica y sus complementos tales como el complemento carta porte o el de nómina entre otros.
La nueva versión de la factura electrónica entrará en vigor el 1 de enero de 2022 de manera no obligatoria. Dicha obligatoriedad comenzará el 1 de mayo, lo que significa que los Proveedores Autorizados de Certificación (PAC) tendrán un plazo de adaptación de 4 meses.
Cumplido ese periodo, los contribuyentes que no estén facturando bajo el esquema CFDI 4.0 no podrán emitir sus comprobantes fiscales.
¿Cómo será la factura 4.0 del SAT?
Uno de los aspectos fundamentales de los nuevos comprobantes fiscales se relaciona con la especificación del régimen fiscal del receptor, un dato que será obligatorio y sin el cual no será posible la expedición de la factura. De igual manera:
- El nombre y domicilio fiscal de emisor y de receptor serán datos obligatorios.
- Identificará si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos a través de la especificación del régimen fiscal.
- Será posible relacionar más de un CFDI en las secuencias de comprobantes relacionados para una trazabilidad más eficiente.
- Añadidura y eliminación de atributos para facturar operaciones de exportación.
- Nuevos atributos para facturación a través de adquirientes de bienes que no sean enajenables.
Se añaden dos nuevos nodos:
- a) Información global: para los comprobantes globales expedidos a público en general.
- b) A cuenta de terceros: la información que se pide para efectos de la facturación a cuenta de terceros se incluye en el cuerpo del CFDI.