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Colombia quiere impuestos al patrimonio, bebidas azucaradas y comida procesada

El presidente Gustavo Petro propone una reforma fiscal para combatir la evasión y elusión de impuestos, y obtener ingresos por 11,528 mdd para el año 2026.
lun 08 agosto 2022 06:28 PM
Colombia va por gravar el patrimonio, los refrescos y alimentos procesados
El presidente Gustavo Petro busca obtener ingresos por 5,763 millones de pesos en 2023 para financiar los programas sociales en Colombia.

El Gobierno de Colombia presentó este lunes ante el Congreso un proyecto de ley de reforma tributaria para obtener en una fase inicial 25 billones de pesos (5,763 millones de dólares) adicionales en 2023, equivalentes a 1.72% del PIB, para financiar los proyectos sociales del presidente Gustavo Petro.

Los siguientes son los principales aspectos del proyecto fiscal, que iría incrementando la recaudación de manera gradual con medidas antievasión y antielusión hasta llegar a unos 50 billones de pesos adicionales al año (11,528 mdd) al término del Gobierno de Petro en 2026:

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Se garantiza el cumplimiento de la regla fiscal pero se evalúa la velocidad a la que disminuirá el déficit. Al cierre de este lunes 8 de agosto, 1 dólar estadounidense equivalía a 4,341 pesos colombianos aproximadamente.

* Se buscará recaudar 8.1 billones de pesos en impuesto a la renta y al patrimonio de las personas.

* Los dividendos se incluyen dentro de la base gravable del impuesto de renta y complementarios y estarán sujetos a la tarifa establecida según el nivel de ingresos.

* La renta exenta se disminuye desde 120 millones de pesos al año a 50 millones de pesos.

* La tarifa de renta para una persona que recibe 11 mdp mensuales pasa a pagar una tarifa de 6.4%, desde 4.6% actual.

* La tarifa máxima, que pagan quienes reciben 140 mdp al mes, subiría hasta 25.7% desde 16.4%

* Se establece un impuesto al patrimonio con una tarifa marginal de 0.5% para quienes tienen recursos entre 3,000 y 5,000 mdp y de 1% para los superiores a los 5,000 mdp. Se propone una renta exenta de 500 mdp para proteger la vivienda habitacional.

* Se cobrará un impuesto a las exportaciones extraordinarias con tarifa de 10% a las ventas al exterior de petróleo sobre un precio superior a los 48 dólares por barril, a los 87 dólares por tonelada de carbón y a los 411 dólares por onza de oro.

* Las regalías no serán objeto de deducción de impuesto de renta.

* Se incluye al carbón térmico y mineral a la base gravable del impuesto al carbono, con una tarifa de 0% en 2023 y 2024, 25% del valor de la tarifa plena en 2025, 50% del valor de la tarifa plena en 2026, 75% del valor de la tarifa plena en 2027 y con tarifa plena a partir de 2028.

* Se obtendrán 5.1 billones de pesos por menores exenciones a las empresas.

* Se eliminan algunos beneficios tributarios sectoriales y/o regionales y se impone un límite de 3 puntos porcentuales sobre la renta líquida ordinaria a los beneficios tributarios que se mantengan (renta exenta, deducciones, descuentos, ingresos no constitutivos de renta).

* La tarifa de dividendos será del 20% para las sociedades extranjeras y personas naturales no residentes en Colombia.

* Se acaba el descuento del 50% del pago de ICA y se convierte en deducción.

* Las zonas francas tendrán vocación de exportación, si una empresa ubicada en una de estas no cumple con un mínimo de ventas al exterior que será definido por el Gobierno, perderá los beneficios tributarios.

* La tarifa de renta en las zonas francas, actualmente de 20%, pasaría a un 35% si no cumplen con un plan de internacionalización que deben presentar en un plazo de un año luego de la aprobación de la norma.

* Se crea el impuesto a los plásticos de un solo uso, gravando la venta e importación de los productos fabricados con ese material utilizados para envasar, embalar o empacar bienes por única vez.

La tarifa es de 0.00005 UVT por gramo del envase, embalaje o empaque, lo cual equivale a 1.9 pesos por gramo.

* Se crea un impuesto para bebidas azucaradas ultra procesadas, su tarifa estará en función del contenido de azúcar en gramos por cada 100 mililitros.

* Las bebidas azucaradas tienen dos tarifas de impuesto dependiendo de la cantidad de azúcar. No pagarán si tienen menos de 4 gramos de azúcar. Para bebidas con 4 a 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros la tarifa es de 18 pesos por cada 100 mililitros y para bebidas con más de 8 gramos de azúcar por cada 100 mililitros es de 35 pesos por cada 100 mililitros.

*Se gravarán los productos comestibles ultraprocesados con exceso en azúcar con una tarifa de 10% ad valórem.

* Se establece como permanente la sobretasa de 3% de renta para las empresas del sector financiero que iba hasta 2025.

* Dentro de otras medidas se cuentan la eliminación del día sin IVA, un impuesto a las importaciones de origen, zonas francas, zonas de frontera, tope de 3% de beneficios tributarios y la modificación de rentas exentas de ganancias ocasiones.

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