¿No habrá citas para trámites y servicios?
En dichos periodos y días no se computarán plazos y términos legales correspondientes en los actos, esto quiere decir que se paran los días para realizar algún trámite, por ejemplo, para sacar una cita puedes solicitarla, pero el requerimiento se queda en un tipo bandeja de entrada, y es atendido cuando el personal regresa de vacaciones, explicó en entrevista José Luis Gallegos Barraza, presidente de la Comisión Fiscal del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
o habrá atención para trámites en las oficinas, mientras se podrán hacer algunos trámites en línea.
Habrá atención de personal de guardia en las oficinas solo a contribuyentes con cita o casos de emergencia. "Teóricamente, si a algún contribuyente no puede usar su sello digital para hacer facturas, tiene que haber una guardia asignada por el SAT para atender casos sensibles", explicó el integrante del IMCP.
También debes considerar estos días inhábiles para la resolución de trámites con el SAT, recuerda que la cuenta de días para plazos que te da la autoridad es en días hábiles.
“Es muy importante tomar en cuenta cuáles trámites tienen términos bien establecidos, se miden en días, estos días de vacaciones son inhábiles para efectos legales, todo el tiempo que duren las vacaciones no cuentan para la autoridad”, comentó Gallegos.
Por ejemplo, si te otorgaron un plazo de 20 días hábiles para alguna devolución, pero se atraviesan estos 10 días inhábiles, estos no se cuentan.
Hay otros trámites y servicios que se pueden utilizar, por ejemplo, y muy claro es la plataforma para la emisión de facturas, porque las empresas no paran su producción cuando el SAT se va de vacaciones, agregó el ejecutivo.
Las autoridades estatales y municipales podrán considerar los días inhábiles señalados en esta regla, siempre que los den a conocer con ese carácter en su órgano o medio de difusión oficial, de acuerdo a las disposiciones legales y administrativas que las rigen, refiere la Resolución Miscelánea Fiscal.