Para hacer oficial la aplicación de estas medidas arancelarias y no arancelarias, se deben publicar en el Diario Oficial de la Federación por parte de la Secretaría de Economía, explicó Pedro Canabal, socio de Comercio Exterior e Impuestos en Baker Tilly México.
Cabe destacar que en junio de 2018 en el primer año de Donald Trump, en su primer mandato y en el marco de la renegociación del entonces Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), Estados Unidos le impuso aranceles al acero y aluminio provenientes de México, Canadá y la Unión Europea. En respuesta, México aplicó aranceles a productos estratégicos provenientes de vecino del norte, como: carne de cerdo, embutidos, manzanas, uvas y arándanos.
Solución de controversias
México también puede solicitar un mecanismo de solución de controversias en el marco del Tratado, negociado por los equipos económicos y de comercio de Donald Trump, en su primera administración en 2018, y de Enrique Peña Nieto y de Andrés Manuel López Obrador, por parte de México.
La imposición de aranceles a México y Canadá representa una violación directa al compromiso de trato arancelario preferencial a las mercancías que califican como originarias al amparo del T-MEC en el artículo 2.4, explicó Gloria Rocío Estrada Antón, presidenta de la Comisión Técnica de Comercio Exterior del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
“Sin embargo el presidente de Estados Unidos justifica su decisión al considerar que se trata de una emergencia económica nacional, bajo más lineamientos de la IEEPA: International Emergency Economic Powers Act. Bajo esta ley del gobierno de Estados Unidos pretende justificar la existencia de una emergencia económica por considerar que México y Canadá han permitido la llegada de migrantes y fentanilo a territorio estadounidense afectando su sistema económico", detalló la especialista del CCPM.
Esto significa que Estados Unidos estaría basando la imposición de aranceles argumentando un tema de seguridad nacional, lo que puede considerarse como una causa justificada “para la protección de sus propios intereses esenciales de seguridad”, tal como lo establece el propio T-MEC en el artículo 32.2.
Ante ello, no existe forma inmediata para detener la decisión del gobierno estadounidense; sin embargo, los gobiernos de México y Canadá utilizarán los mecanismos de solución de controversias del T-MEC y la Organización Mundial de Comercio para intentar demostrar que no se acredita la emergencia que se pretende, pues ambas naciones han cumplido sus obligaciones puntuales bajo el Tratado, el cual no contempla incumplimiento en temas migratorios o de combate al narcotrafico como causa justificada de incumplimiento al T-MEC, detalló la especialista.