Las aerolíneas tienen periodo de gracia para indemnizar a pasajeros por demoras
La reformas a la legislación que castigarán a las aerolíneas impuntuales entran en vigor el próximo martes, aunque las aerolíneas tendrán alrededor de cuatro meses para hacer modificaciones en su operación y garantizar estos nuevos derechos a los pasajeros.
En este mismo proceso, las autoridades tendrán hasta marzo de 2018 para iniciar un mecanismo que transparente a los pasajeros los motivos de las demoras en sus vuelos, de acuerdo con los periodos otorgados por el Ejecutivo en artículos transitorios dentro del decreto publicado este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
A finales de abril pasado, los legisladores aprobaron una reforma que amplía los derechos de los usuarios frente a situaciones que les afectan directamente y sean responsabilidad de las aerolíneas . Entre los puntos que destacaron se encuentran la indemnización y compensaciones al pasajero por vuelos con más de una hora de retraso, la garantía de documentar un primer equipaje sin costo, no cancelar conexiones perdidas, entre otros.
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El decreto que modifica y añade 14 artículos de la Ley de Aviación y dos artículos de la Ley de Protección al Consumidor entrará en vigor a partir de mañana. Sin embargo, siete artículos transitorios otorgan un periodo de 90 hasta 180 días hábiles a las aerolíneas y a las autoridades gubernamentales para implementar modificaciones que garanticen los derechos de los pasajeros.
"Los permisionarios y concesionarios del servicio de transporte aéreo comercial en un plazo de 90 días hábiles, contados a partir de la entrada en vigor del presente decreto, adecuarán sus procedimientos con el fin de dar cumplimiento a las disposiciones señaladas en el mismo", señaló el documento oficial firmado el 21 de junio pasado por el presidente Enrique Peña Nieto y el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong.
En los transitorios se añade que las aerolíneas tendrán hasta finales de octubre de este año -90 días hábiles- para dar a conocer las políticas de compensación que ofrecerán a sus pasajeros en vuelos con una y hasta cuatro horas de demora. La nueva ley establece que cuando el retraso sea superior a una hora e inferior a cuatro horas, el pasajero será compensado conforme a las políticas de cada aerolínea.
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Las políticas de compensación deberán de incluir como mínimo descuentos para vuelos en fecha posterior hacia el destino contratado, alimentos y bebidas, de acuerdo con la reforma a la Ley de Aviación Civil. En caso de que la demora sea mayor a dos horas los descuentos incluidos en las políticas no podrán ser menores al 7.5% del precio del boleto, puntualiza.
Estas políticas de compensación serán públicas y las registrarán cada seis meses ante la Secretaría de Comunicaciones Transportes (SCT) y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), según las modificaciones hechas a la ley.
Por lo que le toca a las autoridades, la SCT tendrá hasta 180 días hábiles para implementar un mecanismo público que transparente las causas de la demora de un vuelo.
Además en este mismo plazo, se deben "realizar en el ámbito de sus respectivas competencias, las adecuaciones y modificaciones a los reglamentos y a las demás disposiciones administrativas que posibiliten la materialización del mismo", agregó el decreto.