En algún momento, los usuarios de telefonía móvil, fija, televisión de paga e internet hemos experimentado dudas con respecto a la calidad del servicio, las cláusulas en los contratos, cobros adicionales y otros cambios con los que no estamos de acuerdo.
¿Tienes dudas sobre tu contrato de telecomunicaciones? Conoce tus derechos
Si no están claramente explicados en el contrato, la Subprocuraduría de Telecomunicaciones de la Profeco te ayuda a resolver tus dudas y a acceder a las aclaraciones pertinentes, pues uno de los principales derechos de los usuarios de estos servicios son condiciones de contratación claras, justas y equitativas.
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En el reporte más reciente de Soy Usuario, esta unidad tuvo en sus manos la atención de 389 folios de inconformidades de abril a junio, más 70 de meses anteriores.
De las 4,342 inconformidades que recibió el sistema en el segundo trimestre del año, 26% están relacionadas con contrataciones, cargos, saldos y bonificaciones. El ejemplo más reciente es la diferencia de opinión entre AT&T y la Profeco respecto a un cobro anual diferido como pago por equipo adquirido a meses.
En esta semana, el órgano de defensa del consumidor ha reiterado que los usuarios están en su derecho de rechazar el cobro. “AT&T únicamente podría modificar el contrato de sus usuarios al contar con su consentimiento, es decir, no basta con que la empresa haya enviado un mensaje al celular de sus clientes con quince días de anticipación como lo establece la norma”, señaló Profeco.
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Este cobro se refiere un cargo anual “derivado de las facilidades de pago otorgadas para obtener el equipo en mensualidades, sin necesidad de tener historial crediticio”, explicó AT&T por escrito. El aviso de cobro –efectivo a partir del 1 de noviembre- llegó a través de un mensaje que recibieron “menos del 5%” de los clientes de AT&T, pero para hacerlo efectivo, los usuarios tienen que estar de acuerdo con él. En caso contrario, deben hacerlo saber a la empresa.
“Se recomienda que si el usuario recibió el mensaje en donde la compañía le informa de tal situación y no está de acuerdo con dicho cargo, envíe de manera inmediata un escrito a la misma en donde se exprese que lo rechaza, ya que de no hacerlo la compañía alegará que estuvo de acuerdo con esta modificación”, es decir, por consentimiento tácito, señaló Profeco.
“El contrato de AT&T, aprobado por Profeco, comprende cargos que pudieran generarse durante la vigencia del mismo. Asimismo, este contrato nos permite hacer modificaciones a sus condiciones, informándolas a nuestros clientes. Por ello notificamos previamente de este cargo a nuestros clientes a través de un mensaje de texto y en nuestra página web”, reviró AT&T.
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Ante cualquier duda, los usuarios tienen derecho a las aclaraciones que necesiten y si requieren más apoyo de la Profeco las formas de contacto son: de forma virtual al correo electrónico quejastelecomunicaciones@profeco.gob.mx ; o al Teléfono del Consumidor 5568 8722, o al número 800 468 8722.
Vía electrónica a través de http://telefonodelconsumidor.gob.mx/ ; en las redes sociales oficiales de Profeco (Facebook, Twitter y YouTube); y de forma presencial, en las Oficinas de Representación de la Profeco en la República Mexicana.
Además, de manera presencial, también es posible presentarla en la Dirección General de Protección al Consumidor de Telecomunicaciones en Avenida José Vasconcelos 208, Piso 14, colonia Condesa, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México.