El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que el incumplimiento de pagos de Interjet a sus trabajadores no es producto de las medidas precautorias que la autoridad ha implementado desde el año pasado, pues tanto la intervención de caja como el embargo de bienes que se han aplicado no implican que los bienes de la aerolínea pasen a ser propiedad de la autoridad fiscal.
En un comunicado, la dependencia explicó que, en el caso del embargo, son las propias empresas las que quedan en posesión de los bienes para administrarlos de una manera adecuada, siendo una medida preventiva “para que los bienes no se oculten o vendan”, mientras que la intervención de caja busca asegurar que los ingresos de la aerolínea tengan como destino el pago prioritario de los gastos esenciales para la operación, como las nóminas de los trabajadores.
“La intervención de la caja sólo permite cubrir adeudos al SAT hasta por el equivalente a 10% de los ingresos que tenga la empresa intervenida, siempre y cuando se hayan cubierto los gastos prioritarios, entre ellos lo referido a sueldos”, indicó el SAT.