Publicidad
Publicidad

¿Qué seguirá para el Panaut en 2022?

En octubre, la Suprema Corte ratificó la suspensión de los plazos para que el IFT implemente el Padrón de Telefonía, pero aun quedan pasos que dar.
lun 20 diciembre 2021 01:52 PM
Qué seguirá para el Panaut en 2022 (Teléfonos celulares o smartphones apilados)
La Corte aún deberá determinar el próximo año si aprueba o no la controversia constitucional del IFT, así como la acción de inconstitucionalidad que interpuso el INAI para desechar por completo la obligación de crear un registro de telefonía.

La creación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), que obligaría a los 129.8 millones de usuarios que tienen actualmente una línea telefónica a proporcionar sus datos personales y biométricos, será uno de los temas relevantes a seguir durante 2022.

El Panaut, aprobado por unanimidad en diciembre pasado por la Cámara de Diputados, pretende convertirse en una herramienta para combatir la extorsión y el secuestro por parte del crimen organizado. Sin embargo, se ha enfrentado con la oposición de reguladores y organizaciones civiles.

En octubre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la suspensión otorgada al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para crear el Panaut, luego de considerar infundado el recurso de reclamación de la Consejería Jurídica de la Presidencia que presentó en junio de este año, sobre las medidas cautelares que se habían dictado para detener los plazos para que el Instituto cumpliera con la implementación.

Publicidad

El órgano regulador de las telecomunicaciones decidió emprender una controversia constitucional, ya que consideró que crear el Panaut va en contra de sus facultades, como garantizar los derechos al acceso a los servicios de telecomunicaciones.

“El Instituto no podría destinar en este momento recursos al Panaut (…) por lo que el mandato legislativo para que el IFT lleve a cabo acciones para instalar, operar, regular y mantener el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil configura una afectación directa a una garantía institucional de este órgano autónomo prevista en la Constitución”, señaló el IFT.

Pero aun con los plazos suspendidos, la Corte aún deberá determinar en 2022 si aprueba o no la controversia constitucional del IFT, así como la acción de inconstitucionalidad que interpuso el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) para desechar por completo la obligación de crear un registro de telefonía.

El INAI considera que el Padrón implica la violación al derecho a la protección de datos personales, por no considerar una orden judicial para el acceso a dicha información.

Los especialistas del sector también han cuestionado la creación de un Padrón de Telefonía y advierte que podría tener el efecto contrario al buscado. El riesgo, advierten, es que aumenten las extorsiones telefónicas, disminuya la penetración de dispositivos móviles, debido a que si los usuarios no proporcionan sus datos sus líneas telefónicas quedarán canceladas, y viole la privacidad de los ciudadanos.

No es la primera vez que México busca impulsar un registro telefónico de los usuarios. Durante el gobierno de Felipe Calderón, Genaro García Luna, quien fungió como titular de la Secretaría de Seguridad Pública, impulsó el Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (RENAUT). Pero la extorsión incrementó en 40%, ya que los datos de los usuarios se vendían en el mercado negro en 500 pesos. El Registro fue eliminado en 2011.

Actualmente, países como Afganistán, Irán, Irak, Rusia y China exigen la entrega de datos biométricos para la compra de un chip de telefonía móvil.

¿Qué información recolectará el Panaut?

El IFT será el encargado de crear el padrón de telefonía móvil mientras que los operadores como Telcel, AT&T, Telefónica y los operadores móviles virtuales deberán compartir información de sus usuarios.

La información que deberán otorgar los usuarios son datos biométricos como huellas dactilares, reconocimiento facial y de iris, clave Única de Registro de Población (CURP) del titular de la línea, indicar si la línea fue contratada en la modalidad de prepago o pospago y proporcionar datos sobre nacionalidad en caso de ser extranjero.

De acuerdo con el decreto, los concesionarios de telecomunicaciones como Telcel, AT&T o Telefónica serán multados por registrar extemporáneamente las líneas telefónicas, por lo cual podrían pagar de 1,792 pesos hasta 4,481 pesos.

Además, por no registrar una línea telefónica o por no actualizar el Padrón las compañías deberán pagar de 44,810 pesos hasta 89,620 pesos. Mientras que por hacer uso indebido de la base de datos las empresas serán sancionados por 896,200 pesos hasta 1,344,300 pesos.

Publicidad

Newsletter

Únete a nuestra comunidad. Te mandaremos una selección de nuestras historias.

Publicidad

Publicidad