La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la suspensión otorgada al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) para crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), el cual obligaría a los 127.7 millones de usuarios que tienen actualmente una línea telefónica a dar sus datos personales y biométricos.
La Primera Sala de la SCJN consideró infundado el recurso de reclamación de la Consejería Jurídica de la Presidencia que presentó en junio de este año, sobre las medidas cautelares que dictó la ministra Norma para detener los plazos que el IFT tuviera que cumplir para el desarrollo del Panaut.
Con esta resolución, las medidas para crear el Panaut se mantienen paralizadas hasta que la Corte determine si aprueba o no la controversia constitucional del IFT, así como la acción de inconstitucionalidad que interpuso el INAI.