Aguinaldo
Se trata de una prestación laboral a la que tienen derecho todos los trabajadores por un año laborado, de acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Añade que los trabajadores tienen derecho a recibir, por lo menos, una quincena por concepto de esta prestación.
En caso de no haber completado el año laborado, se deberá recibir la parte proporcional al tiempo que el trabajador prestó sus servicios.
“Con un mes de trabajo una persona tiene derecho a la parte proporcional del pago de aguinaldo, lo que se haya pactado con base en el contrato, explicó Luis Fernando Poblano Reyes, académico de la Faculta de Contaduría y Administración de la UNAM.
Los trabajadores estacionales o eventuales del campo que presten sus servicios de forma continua por un periodo mayor a 27 semanas a un patrón también tienen derecho a recibir la parte proporcional del aguinaldo, así como de la prima vacacional y de vacaciones, así como cualquier otra prestación a la que tenga derecho. Esto lo señala el Artículo 280 de la LFT.
¿Cuándo se paga el aguinaldo?
La LFT señala que el aguinaldo se tiene que pagar “antes del 20 de diciembre”.
Los patrones pueden dividir su pago, siempre y cuando cumplan con entregar la cantidad que marca la LFT -15 días de salario- antes de la fecha señalada.
En caso de que en el contrato se estipule una cantidad superior a los 15 días de salario, el patrón podrá entregar una quincena antes del 20 de diciembre y el resto en una fecha posterior.
Teletrabajo
Desde 2020, gracias a la pandemia del coronavirus, muchos trabajadores tuvieron la posibilidad de hacer todas sus actividades desde casa.
En ese caso, ya se tuvieron que haber realizado las modificaciones pertinentes en los contratos para establecer las reglas del teletrabajo o trabajo remoto.