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Si trabajaste como eventual el año pasado, ¿te deben pagar utilidades en 2023?

Trabajadores del hogar tampoco deben recibir utilidades necesariamente, de acuerdo con la ley.
vie 05 mayo 2023 06:00 AM
una mujer feliz recibiendo un sobre de las manos de otra mujer.
Los directores de las empresas tampoco tienen derecho al pago de utilidades, según lo especifica la ley.

Todos los trabajadores que prestaron sus servicios de manera subordinada en el ejercicio fiscal 2022 deben recibir un pago por reparto de utilidades, incluyendo a los trabajadores eventuales. Pero existen excepciones.

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¿Quiénes tienen derecho al reparto de utilidades?

Todas las personas que presten sus servicios como trabajadores subordinados a una persona física o moral tienen derecho a recibir un salario y, por lo mismo, a participar en las utilidades de sus empresas. Incluyendo trabajadores de planta, extrabajadores de planta y eventuales, pero no todos los eventuales.

Trabajadores excluidos del reparto de utilidades

Los directores, administradores y gerentes generales de la empresa.

Socios o accionistas de la empresa.

Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades.

Profesionistas técnicos y otros, que mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado.

Los trabajadores del hogar.

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