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¿Cuándo se paga el aguinaldo en 2023 y cuánto te corresponde?

Conoce cuándo te deben pagar el aguinaldo y cómo calcular el monto de esta prestación, incluso si eres trabajador eventual o si no has cumplido un año en el puesto.
mar 05 diciembre 2023 12:20 PM
Cómo calcular el aguinaldo proporcional 2023
El aguinaldo es una buena oportunidad para organizar tus gastos en la temporada de fin de año.

El aguinaldo es un derecho laboral irrenunciable asentado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo que establece que los trabajadores deben recibir una gratificación anual por parte de sus patrones.

Así que prepara tu cartera y planea tus gastos. Esta es la fecha de cuando deben pagar el aguinaldo en 2023.

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¿Cuándo se paga el aguinaldo 2023?

La Ley Federal del Trabajo establece que el aguinaldo debe ser pagado a los trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año. Este pago debe equivaler al menos a 15 días de salario con base en la cantidad total de salarios percibidos durante el año calendario anterior.

Es importante mencionar que, en algunas ocasiones, los empleadores pueden optar por realizar el pago en dos partes, la primera mitad antes del 20 de diciembre y la segunda mitad antes del 20 de enero del año siguiente.

¿Quiénes tienen derecho a recibir aguinaldo?

El pago de aguinaldo les corresponde a todos los trabajadores, de base, de confianza, de planta, sindicalizados, por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguro, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste

¿Cuánto me corresponde de aguinaldo?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo:

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

¿Cómo calcular la parte proporcional del aguinaldo?

Si no trabajaste todo el año, debes conocer la forma de calcular la parte proporcional de aguinaldo que te corresponde:

Para eso debes tomar los 15 días de aguinaldo y dividirlos entre los 365 días del año. De este modo 15 días / 365 días = 0.041.

Multiplica ese resultado por la cantidad de días que trabajaste en el año (no debes restar fines de semana ni días festivos). Por ejemplo, si laboraste durante 90 días del año, entonces te corresponden 3.69 días de salario como proporcional de aguinaldo.

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¿Cuándo se paga el aguinaldo a los trabajadores del Estado?

El pago del aguinaldo a los trabajadores del Estado, que incluye a empleados públicos, maestros y personal de instituciones gubernamentales, generalmente se realiza de acuerdo con un calendario específico. El aguinaldo para estos trabajadores se paga en dos partes y suele ser equivalente a 30 días de salario:

  1. La primera parte se paga en el mes de diciembre antes del 20 de diciembre. Esta primera mitad generalmente se deposita a los trabajadores antes del inicio de las festividades navideñas.

2. La segunda parte del aguinaldo se entrega en enero, por lo general antes del 20 de enero del año siguiente.
Es importante mencionar que la fecha exacta de pago y los procedimientos pueden variar según la entidad gubernamental y la dependencia a la que pertenezca el empleado público.

¿Cómo denunciar la falta de pago del aguinaldo?

La falta de pago del aguinaldo es una violación a la Ley Federal del Trabajo, y los empleadores pueden enfrentar sanciones y multas significativas por no cumplir con esta obligación.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), brinda asesoría y representación en caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo.

  • Vía telefónica al 59 98 2000 o al 018009117877, 018007172942.
  • En el correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx
  • De manera presencial en Doctor José María Vértiz, número 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc, C.P. 06720, Ciudad de México y en las 47 representaciones distribuidas en las entidades federativas, las cuales encontrarás en estas ubicaciones.
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