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¿De cuántos años atrás puedo solicitar devolución de impuestos al SAT?

Así como el fisco puede revisar hasta cinco años atrás el cumplimiento de tus obligaciones fiscales, tú puedes pedirle tus devoluciones pendientes.
lun 22 abril 2024 04:04 PM
¿Ya te cayó? 74% de las personas tuvieron saldo a favor en su declaración anual
Al 30 de abril, el SAT recibió 10 millones 231,434 declaraciones anuales correspondientes al ejercicio 2023 de personas físicas.

El inicio de año es una buena temporada para poner tus finanzas en orden, incluyendo el dinero que te debe el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por saldos a favor.

Un saldo a favor se obtiene cuando, al efectuar el cálculo de tus impuestos, en tu declaración anual, pagas más de lo que debes, especialmente por realizar y enterar pagos deducibles personales, como servicios médicos, o autorizados, como el pago de suministros para realizar tu actividad económica, pues estos ayudan a bajar la base gravable.

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De acuerdo con el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación, tienes hasta cinco años para pedir la devolución de tus impuestos, a partir de la fecha del derecho a solicitarla, por ejemplo, la declaración del ejercicio 2018 se presentó hasta el 30 de abril de 2019, por lo que aún puedes pedir el saldo pendiente de esta hasta el 30 de abril de 2024.

Recuerda que así como tienes derecho a solicitar los adeudos de hasta cinco años anteriores, también la autoridad puede revisar el cumplimiento de tus obligaciones de este mismo lapso.

Estos saldos a favor por ejercicios anteriores se pueden pedir al fisco, siempre y cuando, hayas presentado la declaración anual de ISR del ejercicio correspondiente o pendiente, además de haber realizado el pago de lo indebido o se dé el supuesto, refiere información del SAT.

Normalmente las devoluciones son automáticas, pero esta modalidad solo aplica cuando presentas la declaración del año inmediato anterior y eliges la opción de “Devolución”, antes del 31 de julio, sin haber recibido requerimiento de la autoridad por ese ejercicio.

Para devoluciones de hasta cinco años atrás debes hacer la solicitud de forma manual.

Para el caso de devoluciones por el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS), Crédito Diésel o biodiesel y sus mezclas, en forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre de 2023 y enero de 2024, refiere el SAT.

En tanto, para saldos a favor por el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en periodo preoperativo se puede solicitar en el mes siguiente al que se realicen los gastos e inversiones.

¿Cómo se solicitan los saldos a favor manualmente?

Antes de realizar cualquier paso, presenta la declaración anual del ejercicio pendiente, si no la has presentado. O checa si tienes saldos a favor pendientes, porque para presentar tu “solicitud manual” debes presentar el acuse y número de operación del saldo a favor.

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Puedes presentar tu solicitud “En Línea” o de manera “Presencial”.

1.- Para la solicitud vía electrónica, entra al portal www.sat.gob.mx , ve al menú “Devoluciones y compensaciones”, y entra al submenú “Solicita tu devolución”.

2.- Ingresa con tu firma electrónica (e-firma), o RFC y contraseña.

3.- Verifica o modifica la información contenida en el formato inicial, como tu nombre, apellidos, RFC, domicilio fiscal, datos de contacto.

4.- Solicita saldo a favor para personas físicas, puede ser por error, por exceso de pago u omisiones.

5.- Se desplegará un formato digital, ingresa los datos solicitados, indica qué ejercicio fiscal corresponde a la devolución que solicitas, te pedirán el acuse y el importe del saldo a favor que te salió, o si te hace falta una parte de un saldo a favor ya pagado. También te solicitarán un número de cuenta bancaria activa (clabe), para que te depositen este saldo a favor.

6.- Adjunta los archivos con los documentos del trámite escaneados que deseas enviar para aclarar o complementar tu declaración anual (Infonavit, Afore, honorarios médicos…). La tienes que guardar en una carpeta comprimida (zip).

7.- Firma y envía el trámite con apoyo de tu firma electrónica.

8.- Guarda o imprime tu acuse de recibo electrónico con un número de folio.

9.- La autoridad fiscal evaluará tu solicitud y pueden pasar tres escenarios: que proceda y te depositen el dinero en la cuenta que proporcionaste, que el SAT te pida más información para proceder a otorgar la devolución, o que te niegue la devolución y haga ajustes para fincar un adeudo.

10.- Da seguimiento a tu devolución en el submenú “Consulta tu devolución”.

Para realizar tu solicitud de manera presencial

1.- Solicita una cita con el SAT en la oficina que mejor se acomode a tus actividades,

2.- Acude a tiempo a tu cita, con la documentación del trámite a la oficina del SAT.

3.- Entrega tus documentos al personal que atenderá tu trámite.

4.- Recibe y conserva el formato oficial sellado, te servirá como acuse de recibo.

Consideraciones

Ten tu e.firma y tu clave actualizadas, o tu RFC y clave.

Prepara la información que vas anexar a tu solicitud, los archivos no deben ser mayores a 4 MB.

Ten a la mano tu estado de cuenta bancario, correspondiente a la cuenta a la que quieres que te depositen tu saldo a favor, el cual no debe exceder los dos meses de antigüedad, además debe contener tu RFC y el número de clabe.

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