¿Qué es el MTU?
El Monto Transaccional del Usuario representa el tope máximo de dinero que puede moverse desde la banca digital.
Cada persona define ese límite. Puede fijarse un monto diario, por ejemplo 10,000 pesos, asignar topes para transferencias a cuentas nuevas o de otros bancos, o bien decidir montos semanales o mensuales.
Aplicaciones como transferencias, pagos de servicios, cargos en tarjetas, SPEI o CoDi quedan sujetas a este esquema, que permite al banco identificar movimientos fuera de lo común y detenerlos antes de concretarse.
Se trata, en esencia, de un candado de seguridad elegido por el propio usuario.
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Esta es la fecha y lo que cambiará
A partir del 1 de octubre de 2025 todas las instituciones financieras deberán habilitar en sus aplicaciones la opción de configurar el MTU.
La medida proviene de la Circular Única de Bancos de la CNBV, publicada en junio de 2024, que establece la obligación de ofrecer a cada cliente un límite personalizable para transacciones a terceros.
Dicho tope funcionará de manera independiente a los montos ya definidos para beneficiarios frecuentes, lo que añade una capa extra de protección en la banca digital.
¿Hay sanción por no definir el MTU?
No establecer el MTU antes del 30 de septiembre de 2025 tendrá una consecuencia: el banco asignará de manera automática un límite de 1,500 UDIS, equivalentes a unos 12,812 pesos al valor actual de Banxico. Este monto podrá modificarse en cualquier momento después de la fecha límite.
Quienes lo configuren por cuenta propia tendrán el control completo. Podrán decidir cuánto dinero transferir como máximo en un día, una semana o un mes, y ajustar el tope cuantas veces sea necesario. La modificación se aplicará de inmediato.
La obligación recae en las instituciones financieras, que deberán ofrecer la herramienta en sus aplicaciones. Cada cliente elegirá si la activa o no.
¿Qué pasa si no establezco el MTU en mi cuenta fintech?
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Sociedades Financieras Populares, "el régimen transitorio sobre el MTU no señala que se haya hecho extensiva a entidades distintas a instituciones de banca múltiple e instituciones de banca de desarrollo, por lo que las sofipos como Mercado Pago no establecen un este ajuste en las cuentas de sus usuarios". En conclusión lo usuarios no tendrán ningún inconveniente.
¿Y en las sofipos?
En las sofipos no es necesario establecer este límite. Un ejemplo es Nu, que aclaró a Expansión que, "a pesar de que se recibió la aprobación de la licencia bancaria en abril, aún no hemos iniciado operaciones bajo el marco regulatorio de Institución de Banca Múltiple, por lo que este requerimiento no nos aplica por el momento".
La empresa añadió que, "como parte de nuestro compromiso de cumplir con todos los estándares regulatorios y, al mismo tiempo, ofrecer productos simples, seguros y transparentes, ya estamos desarrollando esta funcionalidad para que esté disponible dentro de la app de Nu desde el primer día que iniciemos operaciones bajo dicho régimen".