Este ingreso forma parte de las prestaciones que reciben quienes tienen una pensión vigente y su entrega se realiza bajo un calendario oficial establecido por cada institución.(Expansión|Gemini)
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El pago del aguinaldo para las personas pensionadas del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) está programado antes de finalizar el año, como ocurre cada ejercicio fiscal. Este ingreso forma parte de las prestaciones que reciben quienes tienen una pensión vigente y su entrega se realiza bajo un calendario oficial establecido por cada institución.
A continuación, se detallan las fechas exactas de depósito para cada caso.
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Fecha de pago del aguinaldo del IMSS
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De acuerdo con los lineamientos del instituto, el aguinaldo se deposita junto con la pensión del mes de noviembre. Históricamente, este pago se programa el primer día hábil de ese mes. En 2025, el 1 de noviembre caerá en sábado, por lo que el depósito se realizará el lunes 3 de noviembre.
Se recomienda permanecer atento a los canales oficiales para conocer si hay un ajuste en las fechas de pago.
¿Quiénes reciben aguinaldo del IMSS?
Aplica para pensionados que se encuentran bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. Entre los beneficiarios están quienes reciben pensiones por cesantía en edad avanzada, vejez, viudez, orfandad o ascendencia derivada de un asegurado fallecido, así como los pensionados por incapacidad permanente relacionada con riesgos de trabajo.
Este pago no corresponde a quienes están bajo la Ley de 1997, ya que en ese esquema los recursos se administran a través de cuentas individuales de Afore.
Monto del aguinaldo IMSS
La cantidad equivale a una mensualidad del monto base de la pensión. No incluye asignaciones familiares ni ayudas asistenciales. En términos prácticos, si un pensionado recibe 8,000 pesos mensuales, el 3 de noviembre recibirá un total de 16,000 pesos: 8,000 pesos de la mensualidad más 8,000 pesos correspondientes al aguinaldo.
El proceso de entrega es automático. No se requiere solicitarlo ni actualizar datos. El depósito se realiza directamente en la misma cuenta bancaria en la que se recibe la pensión habitual.
Para mayor control, se recomienda revisar el tarjetón digital, ya que en él se identificará de forma separada el concepto del aguinaldo. Si el pago no se refleja en la fecha indicada, es necesario acudir a la unidad médica familiar que te corresponde para la aclaración.
De acuerdo al calendario oficial de pensiones del instituto, el aguinaldo se entregará en dos exhibiciones. La primera se realizará en un periodo que va del 1 al 15 de noviembre de 2025, mientras que la segunda parte del depósito será en enero de 2026, con base en el calendario oficial del instituto.
Este esquema mantiene la práctica establecida en años previos, que divide el pago en dos momentos diferenciados. Los pensionados deben tener en cuenta que ambas entregas corresponden a la misma prestación y se acreditan de forma automática en sus cuentas bancarias registradas.
En caso de que el depósito no aparezca en las fechas señaladas, corresponde verificar directamente en el módulo de atención le corresponde al beneficiario.
Tipos de pensiones reconocidas por el ISSSTE
La institución recuerda que existen diversos tipos de pensión, cada una condicionada al tiempo de servicio, edad del asegurado o situaciones derivadas de enfermedad o accidente. Entre ellas se encuentran:
- Pensión por incapacidad parcial permanente. Se otorga cuando un trabajador sufre un accidente o enfermedad de trabajo con afectación orgánica o funcional.
- Pensión por incapacidad total permanente. Aplica en casos donde la valuación es del 100% o el trabajador queda imposibilitado para ejercer su profesión.
- Pensión de viudez o concubinato por accidente de trabajo. Corresponde al cónyuge, concubina o concubinario del asegurado que falleció en esas condiciones.
- Pensión de orfandad. Dirigida a los hijos del trabajador fallecido en riesgo de trabajo, con límites de edad y requisitos escolares.
- Pensión de ascendencia. Aplica a los padres del trabajador fallecido cuando no existan otros beneficiarios con derecho.
- Pensión por cesantía en edad avanzada. Disponible para quienes quedan sin trabajo remunerado a partir de los 60 años.
- Pensión por vejez. Para asegurados con 65 años cumplidos y al menos 25 años de cotización reconocidos por el instituto.
- Pensión por invalidez. Otorgada a quienes pierden más del 50% de su capacidad laboral por enfermedad o accidente no profesional.
- Pensión de viudez o concubinato por enfermedad general. Para beneficiarios del trabajador fallecido en circunstancias ajenas al servicio.
Si estás registrado en alguno de estos formatos recibieras la pensión por parte del instituto.