Inicia 2026 y con él la obligación de presentar la Declaración Anual 2025 para mantener en orden la situación fiscal ante el SAT.(Expansión/Google AI Studio)
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Comienza 2026 y con el nuevo año llegan también los trámites fiscales, entre ellos la Declaración Anual 2025 que los contribuyentes deben presentar para mantener en orden sus impuestos ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Si tienes dudas sobre cuándo debe presentarse, quiénes están obligados a hacerlo y cuáles son los plazos y multas por incumplir, quédate: aquí te explicamos todo lo que necesitas saber sobre este importante trámite.
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¿Qué es la Declaración Anual y cuándo se presenta?
La autoridad fiscal recuerda que el periodo para presentar la Declaración Anual de personas físicas (ciudadanos) es del 1 al 30 de abril de 2026. En el caso de las personas morales (empresas), el plazo es distinto: va del 1 de enero al 31 de marzo, conforme al calendario fiscal del SAT.
La declaración anual es un trámite fiscal obligatorio en México que se presenta ante el Servicio de Administración Tributaria para reportar la totalidad de los ingresos y gastos obtenidos durante el año fiscal anterior, que comprende del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Su objetivo principal es informar a la autoridad sobre la situación financiera del contribuyente, calcular si se pagó correctamente el Impuesto sobre la Renta (ISR) y determinar si existe un saldo a favor, susceptible de devolución, o un saldo pendiente por pagar.
Las personas físicas deben presentar su declaración del 1 al 30 de abril de 2026.(Expansión/Google AI Studio)
¿Quiénes deben presentar la Declaración Anual 2026?
El SAT establece que la Declaración Anual es obligatoria para las personas físicas que durante el año obtuvieron ingresos por alguna de las siguientes actividades o situaciones:
Sueldos y salarios, cuando:
-Trabajaron para un solo empleador, pero dejaron de laborar antes del 31 de diciembre.
-Tuvieron ingresos adicionales distintos al salario.
-Trabajaron para dos o más empleadores al mismo tiempo.
-Recibieron salarios del extranjero o de personas no obligadas a retener impuestos.
-Obtuvieron ingresos por indemnización.
-Percibieron jubilaciones o pensiones que exceden los montos exentos establecidos en la Ley del ISR.
-Sus ingresos anuales por salarios superaron los 400 mil pesos.
-Actividades empresariales, incluidas plataformas digitales, región fronteriza y contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
-Arrendamiento de bienes inmuebles.
-Venta o compra de bienes.
-Intereses o dividendos.
En el caso del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), las personas físicas no están obligadas a presentar la Declaración Anual, conforme a la Resolución Miscelánea Fiscal, salvo excepciones específicas, en las que pueden optar por presentarla de manera voluntaria.
Las personas físicas pueden disminuir el monto de impuestos a pagar —o incluso obtener saldo a favor— al aplicar deducciones personales en su Declaración Anual ante el SAT. Estos son los principales gastos deducibles:
-Gastos médicos: honorarios médicos, dentales y psicológicos; hospitalización; análisis clínicos; estudios de laboratorio y prótesis.
-Primas de seguros de gastos médicos, tanto propios como de familiares directos.
-Gastos funerarios, dentro de los límites que marca la ley.
-Donativos otorgados a instituciones autorizadas.
-Colegiaturas, desde preescolar hasta bachillerato, con tope anual por nivel educativo.
-Gastos de transporte escolar, cuando sea obligatorio.
-Aportaciones complementarias al retiro, realizadas de forma voluntaria.
-Cuentas especiales y personales para el ahorro, que fomentan el ahorro a largo plazo.
-Intereses reales de créditos hipotecarios, destinados a casa habitación.
Para que estos gastos sean deducibles, es indispensable que estén facturados, pagados por medios electrónicos (no en efectivo) y que el comprobante fiscal esté a nombre del contribuyente. Incluirlos correctamente puede marcar la diferencia entre pagar impuestos o recibir una devolución.
¿De cuánto es la multa por no presentar la Declaración Anual?
Si no presentas tu Declaración Anual ante el SAT dentro del plazo establecido, puedes enfrentar multas económicas y recargos, dependiendo del tipo de incumplimiento. De acuerdo con la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, las sanciones pueden ser las siguientes:
-De 1,810 a 22,400 pesos por cada obligación no declarada.
-De 1,810 a 44,790 pesos si presentas la declaración, aviso o solicitud fuera del plazo señalado por la autoridad o si no atiendes un requerimiento.
-De 18,360 a 36,740 pesos por no presentar la declaración en medios electrónicos cuando estás obligado a hacerlo, hacerlo fuera de tiempo o no cumplir con requerimientos del SAT.
Además de la multa:
Si tienes saldo a pagar y no lo cubres en tiempo y forma, el SAT aplicará recargos por falta de pago oportuno.
En caso de haber elegido pagar en parcialidades, el incumplimiento de alguna de ellas también genera recargos y puede cancelar ese beneficio.
La autoridad fiscal recuerda que cumplir en tiempo evita sanciones, facilita la devolución de saldos a favor y permite acceder a esquemas como el pago en parcialidades. No presentar la declaración o hacerlo tarde puede salir mucho más caro que regularizarse a tiempo.
Presentarla a tiempo evita multas, acelera devoluciones y da acceso a opciones de pago.(Expansión/Google AI Studio)