Ese impuesto se considera provisional, ya que el cálculo se realiza conforme al plazo de pago que recibe la persona asalariada: semanal, quincenal o mensual.
Al final del ejercicio fiscal, el SAT tiene una idea de cuánto son los ingresos de la persona trabajadora. Ese monto final es el que se considera como base gravable para hacer el cálculo de impuesto, conforme los artículos 97 y 152 de la LISR.
Sin embargo, la base gravable puede reducirse si la persona asalariada realizó gastos para deducir impuestos, como consultas con médicos especialistas, tratamientos dentales, pagos de colegiaturas o funerarios.
Por lo que del total de sus ingresos, se le resta el monto deducible, y se vuelve a calcular el impuesto, que puede dar como resultado un monto inferior al que el SAT ya retuvo durante el año.
En este caso, se puede obtener saldo a favor, por el cual el SAT deberá devolver a la persona trabajadora.
¿Cómo se ve esto en números?
Para este ejercicio, se realizará una versión de una persona que gana 18,000 pesos brutos mensuales a través de Sueldos y Salarios con un solo empleador en 2025, por lo que está en el rango de personas que no tienen la obligación de presentar declaración anual.
Los cálculos de ISR están basadas en las tablas de pagos provisionales mensuales y para el cálculo del impuesto para el ejercicio de 2025, del Anexo 8 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025:
La fórmula para calcular el ISR es la siguiente:
Base gravable (sueldo bruto)
Menos (-) el Límite inferior
Igual (=) Excedente sobre el límite inferior
Por (x) Porcentaje del excedente del límite inferior
Igual (=) Impuesto marginal
Más (+) Cuota fija
Igual (=) a Impuesto sobre la renta (ISR)
Retención mensual
18,000
- 15,487.72
= 2,512.28
x 21.36%
= 5,366.23
+ 1,640.18
= 2,176.80
Al mes, una persona que gana 18,000 pesos brutos, tendría una retención de ISR de 2,176.8 pesos.
Al año, la persona trabajadora recibiría 216,000 pesos brutos, y la retención de ISR equivale a 26,121.61 pesos, siguiendo el mismo método, pero aplicando los datos de la tabla anual.
Sin embargo, si la persona realizó las siguientes deducciones personales, la base gravable disminuirá:
Tratamiento dental: 2,500 pesos
Consultas con médicos especialistas: 2,100 pesos
Colegiatura de su hija de primaria: 10,000 pesos
Total de deducciones: 14,600 pesos
Ingresos en 2025 (nueva base gravable): 201,400 pesos. Con la nueva base, al aplicar los cálculos anuales, sería:
201,400
- 185,852.58
= 15,547.92
x 21.36%
= 3,320.92
19,682.13
= 23,0003.05
Entonces, al aplicar las deducciones personales, la retención formal de ISR equivale a 23,003.05 pesos, lo que daría como resultado un saldo a favor de 3,118.55 pesos.