Si cuento con una resolución favorable, ¿las instituciones pueden revocarla?
Una duda frecuente es si las instituciones como el IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) o el ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado) pueden cambiar esta resolución.
Es importante precisar que si un juez ya falló a favor del pensionado, estas instituciones no pueden realizar ninguna modificación de forma unilateral.
Las personas que ya cuentan con una resolución favorable previa a los estatutos establecidos por la SCJN no necesitan abrir un nuevo proceso, pues su derecho ya está reconocido previamente por la ley.
El cambio o aplicación del cálculo de UMAs a salarios mínimos solo es viable para las personas que ya cuentan con una sentencia firme o amparo ganado en un tribunal, previo a los criterios establecidos por la SCJN.