La IPS aclaró que “se revisó y analizó de nuevo de forma amplia y suficiente la solicitud”, pues “se define que no se cumple con el criterio de terminalidad como se había considerado en el primer comité”.
Sin embargo, Sepúlveda pudo llegar mucho más lejos que muchos otros ciudadanos en América Latina, pues Colombia es el único país de la región donde la eutanasia está despenalizada. A continuación, explicamos cómo es la regulación de la muerte digna en la región.
Colombia y la eutanasia
Colombia dio luz verde a la eutanasia legalmente hasta 2015, aunque la despenalizó en 1997.
En la sentencia de 1997, la Corte Constitucional de Colombia eximió a los médicos de cualquier pena en caso de realizar un homicidio por piedad —el equivalente a la eutanasia— siempre y cuando se cumplieran con los siguientes requisitos:
● Que el sujeto del procedimiento fuera un enfermo terminal.
● Que estuviera bajo un intenso sufrimiento o dolor.
● Que el sujeto del procedimiento fuera un enfermo terminal.
● Que el sujeto lo hubiera solicitado de manera libre y en pleno uso de sus facultades mentales.
● Que el sujeto del procedimiento fuera un enfermo terminal.
● Y que el proceso sea realizado por personal calificado.
La Corte Constitucional también exhortó entonces al Congreso colombiano para que legislara sobre el asunto de la muerte digna a la brevedad posible. Sin embargo, pasaron años sin que esto ocurriera.