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OPINIÓN: Los límites a la compensación universal

Subir los costos relacionados con el cumplimiento tributario afecta en mayor proporción a los sectores de menores ingresos, opina Alil Álvarez Alcalá.
lun 11 febrero 2019 09:48 AM
Impuestos
Si un contribuyente le debe alguna cantidad por concepto de impuestos al Estado mexicano, puede aplicar contra dicho adeudo (siempre que cumpla con ciertos requisitos) las cantidades que tenga a su favor y así reducir su deuda tributaria, señala Alil Álvarez Alcalá.

Nota del editor: Alil Álvarez Alcalá es socia fundadora del despacho Álvarez Alcalá y es profesora en el Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM). Cuenta con una Maestría en Derecho por la Universidad de Stanford y un Doctorado en Derecho por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Tene una amplia experiencia y alto grado de especialización en materia tributaria. Las opiniones en esta columna pertenecen exclusivamente a la autora.

(Expansión) – Contrario a la promesa de campaña del nuevo jefe del Ejecutivo de mantener la tributación constante, las limitantes aprobadas a la compensación se traducirán, para muchos, en un aumento significativo de impuestos y, para todos, en alternativas más limitadas para el cumplimiento tributario, pues implica la eliminación de una de las vías principales para extinguir las obligaciones fiscales.

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El sistema tributario puede resultar en que los contribuyentes paguen cantidades en exceso al Fisco. La recuperación de dichas cantidades se puede dar por dos vías, el contribuyente tiene la posibilidad de: a) solicitar que le devuelvan dichas cantidades o b) compensar las cantidades contra otros adeudos fiscales que tenga a su cargo.

El trámite de devolución puede operar de oficio, pero generalmente requiere de una solicitud de devolución de parte del contribuyente. Se trata de un trámite altamente regulado que las autoridades fiscales han tendido a retrasar o negar en forma recurrente. Esta práctica ha resultado en que los costos relacionados con la devolución, tanto legales (abogados, litigios, tiempo de espera) como al margen de la ley (solicitud de sobornos o de contratación de determinados gestores), vayan en aumento. La Prodecon se pronunció ya hace unos años con relación a la problemática de obtener devoluciones en México.

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Algunos países han otorgado a los contribuyentes la opción de aplicar los pagos realizados en exceso a otros impuestos. Esto se conoce en México como la compensación universal. La legislación civil federal señala que la compensación tiene lugar cuando dos personas reúnen la calidad de deudores y acreedores recíprocamente y por su propio derecho. En otras palabras, si un contribuyente le debe alguna cantidad por concepto de impuestos al Estado mexicano, puede aplicar contra dicho adeudo (siempre que cumpla con ciertos requisitos) las cantidades que tenga a su favor y así reducir su deuda tributaria.

Ahora bien, la Ley de Ingresos para 2019 incluye las siguientes limitantes que serán aplicables durante este año:

a. La compensación solo puede realizarse contra impuestos propios (no así los retenidos a terceros) y

b. La compensación solo procede contra el mismo impuesto. Esta limitante se aclara especialmente para el IVA.

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Los efectos de los cambios a la compensación universal son los siguientes:

a. Limita los medios para cumplir con las obligaciones tributarias.

b. Obliga a los contribuyentes a solicitar devoluciones de impuestos en un contexto de difícil obtención de las mismas.

c. Puede resultar en la eliminación de uno de los elementos definitorios del IVA, que es la posibilidad de pagar dicho impuesto solamente por la porción de valor que se agrega en cada etapa de la cadena productiva. La doctrina internacional ha señalado que no basta con permitir el acreditamiento, sino que se requiere que las personas recuperen el IVA pagado en exceso dentro de un periodo razonable.

d. Puede resultar, en la práctica, en que se reduzcan los beneficios otorgados por cuestiones de políticas públicas (como la tasa de 0% en alimentos y la reciente tasa preferencial de 8% en la frontera, anunciada como pilar esencial del programa de gobierno del nuevo presidente).

e. Puede llevar a la no operatividad de los mecanismos de ajuste en la frontera (vigentes en casi todo el mundo) para lograr la neutralidad del IVA en torno al comercio internacional (como la tasa de 0% a la exportación).

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Lo más grave es que en lugar de hacer política fiscal se recurre a trampas administrativas para aumentar artificialmente la recaudación. Subir los costos relacionados con el cumplimiento tributario afecta en mayor proporción a los sectores de menores ingresos. Esto es particularmente evidente en el IVA que es, de por sí, un impuesto regresivo.

Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión

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