El 24 de febrero de 1984 entró en vigencia la nueva Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, en la que se establece:
Artículo 3o.- La Bandera Nacional consiste en un rectángulo dividido en tres franjas verticales de medidas idénticas, con los colores en el siguiente orden a partir del asta: verde, blanco y rojo.
En la franja blanca y al centro, tiene el Escudo Nacional, con un diámetro de tres cuartas partes del ancho de dicha franja. La proporción entre anchura y longitud de la bandera, es de cuatro a siete. Podrá llevar un lazo o corbata de los mismos colores, al pie de la moharra.
Artículo 10.- El 24 de febrero se establece solemnemente como Día de la Bandera. En este día se deberán transmitir programas especiales de radio y televisión destinados a difundir la historia y significación de la Bandera Nacional. En esta fecha, las Autoridades realizarán jornadas cívicas en conmemoración, veneración y exaltación de la Bandera Nacional.
Durante la Revolución Mexicana el presidente Venustiano Carranza continuando con la idea nacionalista y el 20 de septiembre de 1916 estableció que el águila se representara de perfil izquierdo, posada sobre un nopal que brota de una roca rodeada de agua y adornada en la parte de abajo con ramas de encino y laurel.