¿Qué no puedes registrar o patentar ante el IMPI?
Ante el caso de éxito del Pato Merlín, es necesario recordar que no todo puede ser registrado ante el IMPI , entre ellos:
1. Lo que no se considera invención y no es patentable:
- Descubrimientos, teorías científicas o métodos matemáticos.
- Obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética.
- Formas de presentar información.
- El material biológico y genético tal como se encuentra en la naturaleza.
- La combinación de invenciones ya conocidas que no produzcan un resultado nuevo.
2. Lo que, aun siendo invención, no es patentable:
- Invenciones cuya explotación comercial tenga que poner en riesgo la salud, la vida o para evitar daños graves al medio ambiente.
- Procedimientos de clonación humana y modificación de la identidad genética, así como el uso de embriones humanos con fines comerciales o industriales.
- Modificación genética de animales que les cause sufrimiento sin utilidad.
- Métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal.
3. Lo que no puede registrarse como marca o aviso comercial:
- Nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios.
- Palabras o frases descriptivas de su calidad, especie o composición.
- Letras, números o colores aislados, a menos que tengan algo distintivo.
- Signos que reproduzcan o imiten banderas, escudos o emblemas de países, estados, municipios u organizaciones internacionales sin autorización.
- Títulos de obras literarias o artísticas, personajes ficticios, nombres artísticos o retratos/firmas de personas sin su consentimiento expreso.
- Signos o frases engañosas sobre el origen del producto.
- Marcas idénticas o similares a otras ya registradas, en trámite o a marcas que el IMPI considere notoriamente conocidas o famosas.