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¡Ya es oficial! El Pato Merlín consigue su registro ante el IMPI

Luego de viralizarse durante las celebraciones del Mundial 2026, la familia del Pato Merlín registró legalmente el nombre y la imagen de la mascota.
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El Pato Merlín, una de las imágenes virales del Mundial 2026, ya busca protección ante el IMPI. (Secretaría de Economía)

La Secretaría de Economía y el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) otorgaron el registro de la marca Pato Merlín a Karla Ivette Gómez López, propietaria de la mascota que se volvió popular en redes sociales como parte de los festejos de México en el Mundial 2026.

El IMPI informó que el trámite concluyó luego de que la solicitud fuera presentada el pasado 22 de junio a través del sistema Marcanet, con lo que Karla obtuvo la protección legal sobre el nombre y el diseño tridimensional del personaje. La resolución marca el inicio de la protección legal de uno de los personajes más populares surgidos recientemente.

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¿En qué categoría registraron al Pato Merlín?

De acuerdo con un comunicado conjunto de la Secretaría de Economía y el IMPI, Karla Ivette Gómez López presentó las solicitudes de registro de la denominación "Pato Merlín" y de su diseño tridimensional, identificadas con los expedientes 3646513 y 3646554.

La protección abarca servicios relacionados con educación, formación, entretenimiento, así como actividades deportivas y culturales, entre otras categorías previstas en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

Durante la entrega de la constancia, el secretario de Economía, Marcelo Ebrard, recordó que todas las solicitudes de marca pasan por un análisis técnico y jurídico para garantizar la legalidad, transparencia y certeza en el reconocimiento de los derechos de propiedad industrial.

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¿Qué expidió el IMPI para proteger al Pato Merlín como marca?

El director general del IMPI, Vidal Llerenas, afirmó que "es un hecho público y notorio que el Pato Merlín es una mascota de la familia de Karla Ivette Gómez, a quien pertenece la marca", al señalar que la resolución reconoce los derechos sobre la mascota que ganó notoriedad durante la celebración del partido de México contra Sudáfrica.

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La protección legal del Pato Merlín comenzó con la presentación de las solicitudes de marca. (Secretaría de Economía)

La dependencia explicó que la familia recibió la constancia que acredita formalmente el inicio y conclusión del procedimiento correspondiente, otorgando a la titular el derecho exclusivo de explotar comercialmente la marca dentro de las categorías registradas.

El registro también permite impedir que terceros utilicen el nombre o elementos protegidos para ofrecer servicios similares sin autorización, una de las principales herramientas con las que cuentan las marcas para su protección legal.

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¿Qué sigue para el Pato Merlín?

El registro de una marca no solo protege un nombre o un personaje, con esto también abre la puerta para proteger un negocio alrededor de él.

Con esta protección expedida por el IMPI, el Pato Merlín podrá ser utilizado legalmente en actividades educativas, espectáculos, eventos culturales, campañas comerciales, productos promocionales o futuros acuerdos de licencia.

La Secretaría de Economía señaló que este tipo de procedimientos busca brindar certeza jurídica a los creadores y fomentar la protección de la creatividad y de los activos intangibles en México.

¿Qué no puedes registrar o patentar ante el IMPI?

Ante el caso de éxito del Pato Merlín, es necesario recordar que no todo puede ser registrado ante el IMPI , entre ellos:

1. Lo que no se considera invención y no es patentable:

- Descubrimientos, teorías científicas o métodos matemáticos.
- Obras literarias, artísticas o cualquier otra creación estética.
- Formas de presentar información.
- El material biológico y genético tal como se encuentra en la naturaleza.
- La combinación de invenciones ya conocidas que no produzcan un resultado nuevo.

2. Lo que, aun siendo invención, no es patentable:

- Invenciones cuya explotación comercial tenga que poner en riesgo la salud, la vida o para evitar daños graves al medio ambiente.
- Procedimientos de clonación humana y modificación de la identidad genética, así como el uso de embriones humanos con fines comerciales o industriales.
- Modificación genética de animales que les cause sufrimiento sin utilidad.
- Métodos de tratamiento quirúrgico, terapéutico o de diagnóstico aplicados al cuerpo humano o animal.

3. Lo que no puede registrarse como marca o aviso comercial:

- Nombres técnicos o de uso común de los productos o servicios.
- Palabras o frases descriptivas de su calidad, especie o composición.
- Letras, números o colores aislados, a menos que tengan algo distintivo.
- Signos que reproduzcan o imiten banderas, escudos o emblemas de países, estados, municipios u organizaciones internacionales sin autorización.
- Títulos de obras literarias o artísticas, personajes ficticios, nombres artísticos o retratos/firmas de personas sin su consentimiento expreso.
- Signos o frases engañosas sobre el origen del producto.
- Marcas idénticas o similares a otras ya registradas, en trámite o a marcas que el IMPI considere notoriamente conocidas o famosas.

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