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¿Pueden cambiarte de puesto durante una licencia de paternidad?

El relevo en Nu México pone bajo la lupa qué permite la Ley Federal del Trabajo cuando un trabajador está en licencia y cuáles son las vías de defensa si se afecta el puesto o el salario.
mar 26 agosto 2025 11:40 AM
Caso Nu México: ¿Pueden cambiarte de puesto durante una licencia de paternidad?
En México, la LFT obliga al patrón a otorgar cinco días de licencia de paternidad, pero hay empresas que por reglamentos internos otorgan más tiempo.

¿Pueden cambiarte el puesto si estás en licencia? El relevo en la dirección de Nu México abre la pregunta al anunciarse que Armando Herrera asumirá como CEO a partir del 2 de septiembre, mientras Iván Canales, hoy director general, está de licencia de paternidad y a su regreso seguirá colaborando con la compañía.

“Iván Canales, quien ha liderado las operaciones durante los últimos tres años, está de licencia de paternidad y continuará contribuyendo con Nu. La compañía está ejecutando una transición fluida bajo el liderazgo de Guilherme Lago, presidente del Consejo de Nu México”, dijo la fintech en un comunicado.

Actualmente, Nu opera ya con licencia bancaria, presume 12 millones de clientes en México y una inversión acumulada de 1,400 millones de dólares.

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La pregunta legal es si un empleador puede cambiar el cargo de una persona durante su licencia y la respuesta corta es no cuando el cambio es unilateral y sin consentimiento por escrito.

“El puesto no puede ser modificado sin un acuerdo por escrito con el trabajador y esto aplica también al regreso de licencias por paternidad”, apunta Estefanía Rueda, abogada laboral del despacho Littler.

Si bien, no existe una frase literal en la Ley Federal del Trabajo (LFT) que diga “prohibido cambiar el cargo durante licencia”, sí está prohibido restringir derechos, recortar salario o imponer cambios perjudiciales sin consentimiento, según el artículo 133.

En cuanto a la licencia de paternidad, la LFT obliga al patrón a otorgar cinco días conforme al artículo 132, aunque hay empresas que por reglamentos internos otorgan más tiempo con goce de sueldo. Es el caso de Nu que da 120 días sin distinción de género y a quienes adopten o recurran a gestación subrogada.

Rueda enfatiza que el sueldo es otra de las condiciones de trabajo que deben acordarse por escrito y por mutuo acuerdo, por lo que tampoco se puede modificar el salario de una persona en licencia, a menos que así lo hayan acordado las partes involucradas y siempre y cuando el salario que se pacte no sea inferior al salario mínimo.

“Respecto de los bonos y acciones, al ser prestaciones extra legales, los términos para su otorgamiento sí podrían establecer ciertas limitaciones o variantes durante el tiempo que el trabajador está en licencia, pero -nuevamente- es necesario que dichos términos se encuentren establecidos por escrito y firmados por ambas partes”, explica.

En ese sentido, toda renuncia del trabajador a prestaciones o derechos es nula conforme al artículo 33 de la LFT, y si le piden firmar que acepta perder condiciones mientras está de licencia, ese acuerdo carece de efectos legales.

Germán de la Garza, socio director en Fisher Phillips, coincide en que la empresa debería reinstalar a la persona en su mismo puesto una vez que concluya la licencia.

Además, intentar justificar un movimiento como “necesidades del negocio” no habilita el ius variandi cuando el cambio afecta puesto, funciones o ingresos del trabajador en licencia.

El ius variandi es la facultad limitada del empleador para ajustar el modo, tiempo o lugar en que se presta el trabajo, con base en necesidades operativas.

“No es ius variandi válido si implica perjuicio, se considera un cambio unilateral prohibido durante la licencia”, advierte De la Garza.

¿Qué pasa si el cargo fue modificado en licencia?

Si la empresa modifica el rol o reduce beneficios sin previo acuerdo por escrito, el trabajador puede rescindir la relación imputando causa al patrón y reclamar tres meses de salario integrado, 20 días por año, prima de antigüedad, prestaciones devengadas y salarios caídos.

De la Garza también señala que cuando hay indicios de discriminación, correos, mensajes, testigos, cercanía temporal entre tu licencia y la medida o comparativos con colegas en igual situación, la ley permite ir directo al Tribunal Laboral.

“Si hubiera un despido o represalia ligados a la licencia, el acto es nulo y procede la indemnización constitucional, además de los efectos propios de un despido discriminatorio”, dice.

Nu informó que la designación de Armando Herrera como nuevo CEO en México forma parte de su estrategia de negocio rumbo a operar como banco.

“Iván continuará contribuyendo con Nu tras su regreso de la licencia de paternidad y dejará la posición de director general el 2 de septiembre”, reiteró Fernanda Godínez, Head de Comunicaciones en entrevista.

“La probada experiencia de Armando en el mercado mexicano de servicios financieros, combinada con su habilidad para escalar negocios y ofrecer soluciones innovadoras, será un activo significativo en este momento para la empresa”, dijo Guilherme Lago en el comunicado.

Iván Canales, miembro fundador de la fintech, dirigió la operación desde cero y condujo la evolución institucional que culminó con la aprobación de la licencia bancaria.

El movimiento de su cargo ocurre mientras la fintech enfrenta señalamientos de presunto acoso laboral, discriminación y despidos injustificados.

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