Los riesgos financieros de morir intestado
Morir intestado no sólo dejará a tu familia con la pena de perderte, sino con gastos para arreglar los bienes que hayas dejado sin delegar. El costo podría superar los 20,000 pesos.
El trámite del testamento garantiza que la sucesión de bienes se lleve a cabo de manera ordenada y pacífica, según la Secretaría de Gobernación (SEGOB). Su costo va desde los 500 hasta los 2,000 pesos, el precio depende de la entidad federativa en donde se tramite. Pero si lo tramitas este mes tiene 50% de descuento.
OPINIÓN: La edad no es un impedimento para otorgar testamento
Si una persona fallece y no tramitó un testamento, se debe comenzar un proceso que se llama ‘sucesión de bienes’. El proceso inicia con una denuncia, en donde los presuntos herederos piden la sucesión. Se exhibe el acta de defunción del intestado para acreditar que falleció y el acta de nacimiento de cada uno de los denunciantes que demuestre su parentesco con el difunto, señala el abogado de la Notaría 144, Juan Carlos Oblea.
“Además, tienen que asistir dos testigos que hayan conocido al autor de la sucesión, para que den testimonio de su descendencia y de si tuvo hijos fuera del matrimonio”, añadió.
La sucesión de bienes consta de cuatro secciones: el nombramiento de herederos y de albacea (persona que custodie los bienes), la segunda sección es de inventarios, después la de administración y finalmente la partición.
La sucesión se puede realizar por vía notarial o judicial, la diferencia radica en que de forma notarial existe posibilidad de que las secciones se pueden llevar a cabo en un solo acto si así se quiere. Mientras que de manera jurídica se deben realizar todas en sesiones distintas, y deben ser aprobadas una por una para que se pueda continuar con la siguiente.
Los precios de la demanda notarial oscilan en los 20,000 pesos y el proceso podría tardar hasta un mes. Mientras que de manera jurídica se tiene que recurrir a un abogado especialista en materia familiar y civil y el precio puede aumentar.
“Generalmente, se hace un inventario de todos los bienes y se saca un valor total. A partir de éste, el abogado cobrará entre el 20 y 40%; el procedimiento tardaría seis meses”, detalló el licenciado notarial.
Todo este lío se evitaría si las personas hicieran su testamento. En México 4 millones 842,992 personas tienen testamento, según datos de la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación. Las entidades federativas con mayor cultura testamentaria son la Ciudad de México, Jalisco y el Estado de México.
Sin embargo, en el país hay 7 millones de habitantes mayores de 65 años de edad. El universo de personas que aún no cuentan con este documento es amplio. Según cifras del Colegio Nacional del Notariado Mexicano, San Luis Potosí, Durango, Tlaxcala, Quintana Roo y Coahuila son los estados más rezagados.
El testamento no sólo sirve para designar bienes, también para designar a un tutor de menores de edad en caso de que sus padres perezcan, reconocer a los hijos procreados y hasta las deudas contraídas.
Además, se pueden designar a los sustitutos delos herederos principales en caso de que estos a los que originalmente estaba destinada la herencia no la pueda recibir,. “Por ejemplo, si dos menores de edad aún no tienen pareja ni descendencia, se podrían asignar como sustitutos a sus futuros hijos”, expresa Héctor Galeano Inclán, Presidente del Colegio Nacional del Notariado Mexicano.
El testamento se puede efectuar en la notaría más cercana o conveniente. Para realizar el trámite se requiere lo siguiente:
1) El testamento puede tramitarse desde los 16 años de edad.
2) Acudir a una notaría. Según el Colegio Nacional de Notariado Mexicano, hay 244 en la Ciudad de México.
3) Solamente son requeridos los documentos oficiales del testador: identificación oficial, CURP y los nombres completos completo de los testados.
4) Una vez que se elaboró el testamento, se le entrega a la persona que lo tramitó para que lo conserve. Su precio es de $1,925.
5) En caso de extravío, el notario puede elaborar un duplicado.
6) El documento debe tener los nombres completos de los beneficiarios. No es necesario enlistar las posesiones si no se quieren designar de forma específica a alguien. “En este caso se debe mencionar la ubicación y el costo del legado tal y como viene en el título de propiedad, aunque no es obligatorio llevar el documento. Si se quiere heredar el seguro de vida, es requerido llevar la póliza”, señaló Galeano.
7) Puedes emitir tu testamento cuantas veces lo desees. El último es el válido.