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Los grandes contribuyentes pagan ISR efectivo menor a 9%, estima el SAT

El fisco invitó a las y los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de impuesto sobre la renta correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen.
dom 01 agosto 2021 07:27 PM
Tasas efectivas ISR
De las 84 actividades económicas, la tasa más alta pagada en 2019 es de 8.95% pagado por empresas dedicadas a la minería de fluorita.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la segunda parte de sus estimaciones de tasas efectivas del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en donde muestra que los grandes contribuyentes pagaron tasas de ISR menores a 9%, cuando la tasa máxima en México es hasta 35%.

El SAT dio a conocer la segunda publicación de los parámetros de referencia con respecto a tasas efectivas de impuesto para la medición de riesgos impositivos correspondientes a ochenta y cuatro actividades económicas para los ejercicios fiscales 2016, 2017, 2018 y 2019 sobre el padrón de grandes contribuyentes.

De las 84 actividades económicas, la tasa más alta pagada en 2019 es de 8.95% pagado por empresas dedicadas a la minería de fluorita.

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Esta segunda publicación relativa a ochenta y cuatro actividades económicas contempla doce sectores económicos: construcción, servicios de alojamiento temporal y de preparación de alimentos y bebidas, industrias manufactureras, servicios de apoyo a los negocios y manejo de desechos y servicios de remediación, minería, transporte, correos y almacenamiento.

También comercio al por mayor, comercio al por menor, servicios inmobiliarios y de alquiler, servicios financieros y de seguros, servicios profesionales, científicos y técnicos, electricidad, agua y suministro de gas por ductos al consumidor final; entre los que se encuentran las industrias de hidrocarburos, petrolíferos, petroquímicos, hotelería, turismo y otras.

El SAT invitó a las y los contribuyentes a consultar la tasa efectiva de impuesto sobre la renta correspondiente a la actividad económica a la que pertenecen y a compararla con su propia tasa efectiva de impuesto sobre la renta respecto de cada ejercicio fiscal para medir sus riesgos impositivos y, en su caso, corregir su situación fiscal.

Las correcciones pueden hacerse mediante la presentación de la(s) declaración(es) anual(es) complementaria(s) correspondiente(s), para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones profundas orientadas a corroborar el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

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