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El SAT amplía plazo para regularizar a personas físicas en el Resico

Las personas físicas que cotizan bajo este régimen tienen hasta el 2 de octubre para tener activa la e.firma, el buzón tributario y emitir facturas con las aplicaciones factura fácil y mi nómina.
vie 30 junio 2023 07:35 PM
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Mecánicos, restaurantes, imprentas, entre otros que cuyan ganancias no rebasen los 3.5 millones de pesos pueden tributar bajo el Resico.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó este viernes que se amplía el plazo de regularización para que los contribuyentes que tributan en el régimen simplificado de confianza (Resico) cumplan con sus obligaciones.

Las personas físicas tienen hasta el 2 de octubre próximo para tener activa la e.firma, el buzón tributario y emitir facturas con las aplicaciones factura fácil y mi nómina, explicó el SAT en un comunicado.

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En el Resico, los contribuyentes con ingresos de hasta 2.5 millones de pesos tiene una tasa de impuestos sobre la renta (ISR) de entre 1 y 2.5%.

La autoridad tributaria recordó que los contribuyentes que pueden acceder a este régimen son los que realicen las siguientes actividades:

Empresariales y profesionales como talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas, minisúper, escuelas, guarderías, ferreterías y refaccionarias; además de abogados, contadores, médicos, odontólogos, entre otros servicios profesionales.

Uso o goce de bienes inmuebles, es decir, arrendamiento de departamentos, casas y locales comerciales.

Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (AGAPES).

También pueden recibir ingresos extra por salarios e intereses, siempre y cuando el total no rebase los 3.5 millones de pesos.

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