¿Quiénes están obligados a presentar declaración anual?
En México, las personas empleadas por el sector público o privado con ingresos mayores a los 400,000 pesos al año, que brindan servicios profesionales, tienen inmuebles en arrendamiento, realizan una o varias actividades empresariales, tuvieron más de un trabajo (patrón) en el año fiscal, o dejaron de trabajar antes de que finalizara el ejercicio fiscal están obligadas a presentar este informa al Servicio de Administración Tributaria (SAT) a través de su portal.
Del total de los contribuyentes que presentaron declaración y pago de ISR el año pasado, el número de personas físicas representó el 63%. No obstante, su contribución en pesos al erario público es con el 47.3% por ISR (incluyendo a retenciones por salarios), el 2.9% se genera por retenciones a residentes en el extranjero, y el resto, 49.5%, es pagado por las empresas (personas morales), detalla Hacienda.
Pocos están obligados
En México hay un total de 82.179 millones de personas físicas enlistadas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), de este total, sólo 3.8% (3.195 millones) presentaron la declaración del pago de ISR.
Esto se debe a que del gran universo de contribuyentes pocos tienen la obligación de presentar la declaración anual y otros simplemente están registrados, pero sin realizar alguna actividad.
“La mayoría de los trabajadores decide no presentar declaración anual, aunque algunas personas la presentan porque les conviene facturar y registrar algunos gastos personales para hacerlos deducibles, como gastos médicos, hospitalarios, dentales, y así obtener saldos a favor de la autoridad fiscal”, explica Luis Velasco, estratega contable de Aspel.
También, a raíz de la pandemia, que inició en 2020, muchos contribuyentes en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) cerraron sus negocios; pequeños negocios como manicuristas, zapateros, panaderos, estos no se dieron de baja, y sin enterarse en 2022 fueron cambiados por el SAT al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), que sustituyó al RIF, explicó Virginia Ríos Hernández, integrante de la Comisión Técnica de Investigación Fiscal del Colegio de Contadores Públicos de México (CCPM).
“Entonces están ahí. Como los mayores de 18 años, sin operación alguna. Muchas veces estas personas que no se dieron de baja, no se enteran, no reciben notificaciones, y para la autoridad puede salir más caro estar detrás de los contribuyentes sin operaciones o pocos ingresos, a diferencia de ir tras contribuyentes con grandes ingresos”, explicó la integrante del CCPM.