Si un tercero acude a comprar, por ejemplo, un auto a una agencia tendrá que identificarse e informar que el automóvil es para otra persona, en este caso el “Beneficiario Controlador”, del cual también tendrá que proporcionar información para su identificación. La agencia tendrá que informar estos detalles en reportes al Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual trabaja en conjunto con la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) en la prevención de lavado de dinero.
“Aquí la que lleva la mano es la UIF, y el SAT lo ayuda, porque tiene el padrón de los contribuyentes, y para que el gobierno no haga una inversión más, utiliza ya la infraestructura del fisco”, detalló Méndez Rueda.
Con nombre y apellido
Los cambios a la Ley Antilavado tienen diversos fines, uno es que las autoridades tengan un claro y mayor control de quiénes están atrás de las operaciones con nombre y apellido, dijo Pedro Aguilar Domínguez, presidente del Comité Técnico Nacional de Estudios Fiscales del IMEF.
“Son cosas que ameritan un análisis a profundidad por parte de cada una de las personas sujetas, que son muchas. Es un tema relevante, no solo te llevan a un tema de incumplimiento, y posibles sanciones como multas, sino también podría ser motivo de preocupaciones adicionales para efectos de las empresas y de sus accionistas, en caso de que algo se esté llevando de manera equivocada”, comentó Aguilar Domínguez.
Las empresas que tienen que ver con este cumplimiento en materia de Prevención de Lavado de Dinero (PLD) deben estar alerta, dijo.