Cada uno de los ahorradores o quienes acrediten ser interesados, deberán presentar de forma individual y dentro del término de los ciento ochenta días naturales siguientes a la fecha en que se haya publicado el presente aviso en el DOF (22 de septiembre de 2025), una solicitud por escrito en el formato expedido por el Fondo de Protección (la "Solicitud" o la "Solicitud de Pago"), debidamente llenada y firmada por el interesado, dirigida a Consejo de Asistencia al Microemprendedor, S.A. de C.V., (en liquidación), en la cual deberán detallar:
a) Nombre del titular o cotitulares de la Cuenta o Cuentas, ya sea Individuales o Colectivas. En una sola Solicitud deberán relacionarse todas aquellas operaciones celebradas con la Sociedad por virtud de las cuales resulte acreedor de la misma y que se consideren obligaciones objeto de protección. Asimismo, se deberá incluir, en su caso, el Registro Federal de Contribuyentes ("RFC") y/o la Clave Única de Registro de Población ("CURP");
b) Domicilio y, en su caso, número telefónico y correo electrónico, en el que se pueda localizar al interesado;
c) Número de cliente, así como de la Cuenta o Cuentas Individuales o Colectivas en que participe el interesado;
d) Monto estimado de los depósitos conforme al último estado de cuenta recibido o documento comprobatorio en poder del interesado emitido por la Sociedad, incluyendo los intereses devengados, a la fecha en que se hubiere hecho pública la resolución de revocación o de disolución y liquidación y, en su caso, del saldo insoluto de los préstamos o los créditos que se tengan con la Sociedad, incluyendo aquellos que se documenten mediante títulos de crédito.
e) Forma en que se desea recibir el pago, debiendo en su caso señalar los datos de la cuenta a nombre del interesado a la cual se efectuará la transferencia electrónica.
La Solicitud referida, deberá presentarse debidamente llenada y firmada por el ahorrador o interesado, en el domicilio o a través de los medios digitales antes mencionados, acompañada de la siguiente documentación:
I. Original y copia del o los contrato(s), estados de cuenta u otros documentos que comprueben las operaciones de depósito de dinero a que se refiere el artículo 302, primer y segundo párrafos de las Disposiciones.
II. Original y copia de una identificación oficial que acredite su personalidad o el carácter con el que comparece a solicitar el pago, la cual podrá ser, credencial para votar expedida por el Instituto Nacional Electoral, pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o cédula profesional.
III. En caso de que el o los titulares(es) hayan fallecido, el o los beneficiarios(s) y/o la persona que haya sido designada como albacea deberá(n) presentar la Solicitud y documentación conforme a lo que dicho titular hubiera tenido derecho, el acta de defunción del titular y la documentación que conforme a la legislación aplicable acredite su carácter de albacea, en original y copia.
IV. En caso de que el o los titulares(es) de la operación sean menores de edad o incapaces, la(s) Solicitud(es) deberán presentarse por quien ejerza la patria potestad o tutela, acreditando tal carácter con los documentos legales señalados en las fracciones I y II de este apartado, en original y copia.
V. Comprobante de domicilio con vigencia no mayor a 3 meses.
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