Durante los primeros meses de cada año, las personas morales se preparan para realizar sus declaraciones anuales ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), quien prepara un calendario específico con fechas límites para realizar este ejercicio, dónde marzo es el mes clave.
¿Quiénes deberán presentar su declaración anual en marzo de 2026? Regímenes fiscales que declaran al SAT
Declaración anual para empresas 2025
La declaración anual es un reporte detallado de todas las operaciones contables y fiscales que las empresas realizaron en el periodo anterior. En 2026, se informa sobre los movimientos económicos de 2025.
La declaración es una obligación y debe reportarse ante el el Servicio de Administración Tributaria (SAT), órgano de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y la entidad responsable de su regulación.
Regímenes que pueden hacer su declaración hasta marzo
De acuerdo con los lineamientos del SAT, los siguientes contribuyentes tienen hasta el 31 de marzo para realizar la declaración anual:
601 - Régimen General (Ley de Personas Morales)
624 - Régimen de los Coordinados
622- Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras
623- Régimen Opcional para Grupos de Sociedades
626- Régimen Simplificado de Confianza
En este año, la entidad actualizó su plataforma con información precargada, lo que facilita la revisión y presentación del reporte. Entre los datos disponibles están:
- Pagos provisionales presentados y enterados durante el ejercicio.
- Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) pagada.
- Retenciones efectivamente pagadas (ISR por sueldos y salarios, asimilados, arrendamiento y RESICO).
- CFDI por devoluciones, descuentos y bonificaciones, así como los CFDI con complemento de nómina expedidos a tus trabajadores.
- Remanentes de declaraciones de ejercicios anteriores, como pérdidas fiscales, pagos al extranjero, dividendos o subsidio para el empleo, entre otros.
Las personas responsables de realizar la declaración deberán verificar que la información sea correcta y completa, de lo contrario, podrán realizar los ajustes necesarios mediante declaraciones complementarias.
Puedes consultar las guías de llenado aquí .
Empresas que tienen menos tiempo para declarar
A pesar de que la mayoría tiene hasta finales de marzo para presentar la declaración, las organizaciones sin fines de lucro o quienes tributan en el régimen 603 - Personas Morales con Fines no Lucrativos tienen hasta el 16 de febrero de 2026 para realizar su reporte.
Requisitos para hacer la declaración
- RFC
- Contraseña
- e.firma vigente
- Datos bancarios de la entidad.
En este último punto, se requiere para que cualquier saldo a cargo pueda pagarse mediante transferencia en bancos autorizados para el cobro de contribuciones federales.
Para facilitar la Declaración Anual 2025 de empresas, el SAT pone a tu disposición herramientas de apoyo como el Visor de nómina y el Visor de facturas emitidas y recibidas.
— SATMX (@SATMX) February 5, 2026
Conoce más información en el minisitio: https://t.co/YXOkz9QfIc
💻Visor de facturas emitidas y recibidas… pic.twitter.com/Vgp5f8ogHg
¿Qué pasa después de presentar la declaración anual de empresas?
Si la declaración da como resultado un saldo a cargo, se deberá realizar el pago correspondiente mediante una transferencia a través de los bancos autorizados como:
Actinver
Afirme
BanBajío
BBVA
Bancrea
Banjercito
Banorte
Banregio
Banco Ve por Más
Bansí
HSBC
Inbursa
Monex
Multiva
Santander
Scotiabank
El pago se verá reflejado en el sistema en un plazo máximo de 48 horas.
Por el contrario, si el resultado muestra ceros, el registro se verá registrado en 24 horas aproximadamente.
Orientación y apoyo del SAT
Para resolver dudas, el SAT tiene diversos canales de atención:
MarcaSAT: 55 627 22 728, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas (excepto días inhábiles).
- Opción 0: Orientación para la declaración anual.
- Subopción 1: Declaración Anual 2025 de empresas.
OrientaSAT, disponible en el minisitio de Declaración Anual de empresas y en el Chat uno a uno.Chat uno a uno, en la parte inferior derecha del Portal del SAT o en chat.sat.gob.mx