Para el siguiente año el Servicio de Administración Tributaria (SAT) deberá implementar un programa de verificación y comprobación para el régimen de las personas morales con fines no lucrativos, entre las que destacan los sindicatos, partidos políticos, asociaciones civiles, instituciones de asistencia, colegios de profesionales, asociaciones patronales, cámaras de comercio e industria, incluso gobiernos locales y federal, entre otras, incluidas en el Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Sindicatos, municipios, partidos políticos y asociaciones civiles estarán bajo la lupa del SAT
La disposición se propone en la Iniciativa de la Ley de Ingresos de la Federación (ILIF), la cual fue aprobada en la Cámara de Diputados , sin cambios en este apartado. Falta su discusión y votación en la Cámara de Senadores, como parte del proceso legislativo para el Paquete Económico 2027.
De acuerdo con el dictamen aprobado la semana pasada en Diputados, el SAT emitirá las reglas de carácter general donde se fijarán los criterios de este programa.
El objetivo es “verificar que los ingresos que perciben estas personas morales sean acordes a su objeto y asegurar el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales que les son aplicables”, refiere la propuesta del gobierno federal en la ILIF.
El motivo para implementar este programa, obedece a que distintas disposiciones en la Ley del ISR y el Código Fiscal de la Federación (CFF) han generado la percepción de que los sindicatos obreros y los organismos que los agrupan, así como las entidades federativas y municipios no tienen obligaciones tributarias y, por tanto, no son sujetos de vigilancia de las autoridades fiscales.
“Esto no es así, puesto que mantienen ciertas obligaciones específicas”, determinó Hacienda en la ILIF.
El artículo 79 de la Ley del ISR precisa que no son personas contribuyentes del ISR, entre otras, los sindicatos, las asociaciones patronales, las asociaciones civiles, los municipios, refiere el documento.
Pero el artículo 86 de la LISR señala que, además de las obligaciones en otros artículos de la esta Ley, deben cumplir con llevar sus sistemas contables, realizar registros en estos de sus operaciones; expedir y recabar comprobantes fiscales: presentar declaraciones anuales.
Hacienda considera pertinente la implementación de este programa de verificación y comprobación, con el fin de transparentar las actividades que realizan dichas personas morales.
“Tal propuesta está alineada con el paquete de reformas para el combate a la corrupción y la impunidad, pues, por un lado, refuerzan el principio de igualdad de todas las personas ante la ley tributaria y la autoridad fiscal, eliminando privilegios de exclusión y dispensa de obligaciones de ciertos grupos con influencias injustificadas e incluyéndolos en el universo de sujetos de verificación y comprobación”, cita la ILIF, presentada por el secretario de Hacienda, Édgar Amador Zamora al Congreso, el pasado 8 de septiembre.