La multinacional de calzado y ropa deportiva Adidas no puede registrar como marca en la Unión Europea (UE) sus tres bandas paralelas, según un fallo del Tribunal General de la UE emitido este miércoles, al estimar que no es exclusiva de la marca.
La autoridad europea considera en su fallo que las tres bandas constituyen “una marca figurativa ordinaria” y que Adidas no demostró que la figura “hubiese adquirido carácter distintivo” en la Unión Europea mediante su uso.