La SCJN da la razón a los ambientalistas y revierte alza de etanol en gasolina

El máximo tribunal invalidó una modificación de 2017 con la que el regulador había permitido incrementar del 5.8% al 10% el uso de este oxigenante.
En el país es una constante la venta incompleta de gasolina en las diferentes concesionarias existentes.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revirtió una parte de la norma vigente en materia de

al considerar que el regulador sectorial había fallado en presentar estudios sobre si este aumento afectaba o no al medio ambiente.

La Segunda Sala del máximo tribunal otorgó el amparo invalidar la parte de la NOM-016-CRE-2016 que permite aumentar el contenido del etanol, un compuesto que resulta de destilar productos como la caña de azúcar o maíz, y que sirve como aditivo para las gasolinas.

“No puede ser una sola voz, ni una sola valoración, la que determine la posibilidad de que en el Estado mexicano, se modifiquen los porcentajes máximos de empleo de etanol como oxigenante de las gasolinas; pues ello podría tener como consecuencia el permitir daños serios e irreversibles al ambiente, al no valorarse debidamente la magnitud del problema en cuestión, lo cual precisamente, pretende evitarse mediante el principio de precaución ambiental”, señala el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, que se votó a favor este miércoles en la segunda sala de la SCJN.

“Desde antes habíamos visto que la CRE se había pasado el proceso de mejora regulatoria. Y la corte confirma que fue ilegal esta modificación. Todos votaron a favor menos una ministra (Yasmín Esquivel Mossa)”, explicó Anaid Velasco, gerente de investigación del Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA).

La decisión se dio a partir de un juicio iniciado desde 2017 por un grupo de abogados ambientalistas,

La modificación a la norma permitió este incremento en todo el país menos en las zonas metropolitanas de Monterrey, Guadalajara y la Ciudad de México, donde aún debían presentarse estudios para demostrar que los cambios no iban a impactar al medio ambiente.

“Los beneficios puramente económicos que, en su caso, pueda generar el incremento del porcentaje de etanol en las gasolinas, como oxigenante (al abaratar presuntamente el precio de tales combustibles), deben ser ponderados y confrontados contra los potenciales riesgos que podría deparar al medio ambiente y las obligaciones estatales de reducir las llamadas emisiones de “gases invernadero” (gases contaminantes) y por tanto, combatir el fenómeno del cambio climático”, explica el proyecto votado por la Corte este miércoles.

Los críticos de la medida tomada por la CRE en 2017 acusaban que la regulación había pasado exenta de una consulta pública en la entonces Comisión de Mejora Regulatoria (Cofemer), debido a que existen voces en contra del uso del etanol como oxigenante en las gasolinas, porque generan una mayor contaminación.

, logran otros beneficios como reducir el costo del combustible.