Los detractores del etanol consiguen un triunfo provisional
Los organismos y personas en contra de que se incentive el uso de etanol como aditivo en las gasolinas lograron un triunfo provisional con una suspensión a la aplicación de la norma que busca incrementar del 5.8% al 10% su contenido en los combustibles, aunque falta ver si el Poder Judicial respalda por completo su causa.
El juez sexto de distrito en materia administrativa otorgó el miércoles una suspensión provisional sobre la NOM-016-CRE-2016 aprobada en junio, que permite aumentar la mezcla en los combustibles que se comercializan en el país, a excepción de la Ciudad de México, Monterrey y Guadalajara, donde se requieren análisis para su introducción.
La acción del juzgador invalida de manera momentánea la aplicación de esta norma hasta que se resuelva si se da de manera definitiva, y si se otorga el amparo posterior, explicó Gabriel Quadri, uno de los promotores que se ha amparado ante la norma.
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“Lo que hizo la norma es poner en entre dicho el Derecho al Medio Ambiente de todos los mexicanos, y hacer más laxa una regulación ambiental”, agregó el también excandidato presidencial.
Quadri consideró que la suspensión provisional otorgado a Carlos Federico del Razo Ochoa, abogado en materia ambiental, se dio porque supuestamente se violan derechos constitucionales a la salud y medio ambiente.
“La Comisión Reguladora de Energía (CRE) lo subió hasta 10% esto para satisfacer los intereses comerciales de los importadores de gasolina y los etanoleros norteamericanos. El fondo del asunto es un tema comercial donde atropella todos los derechos ambientales de los mexicanos”, opinó.
La norma se publicó a finales de junio de este año, luego de que la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) permitirá que la regulación pasara sin necesidad de una consulta pública.
La CRE justificó que la medida no generará mayores costos burocráticos ni para el mercado de las gasolinas, pues las estaciones de servicio tendrán la posibilidad de vender con hasta 10% de etanol (E10), pero no la obligación de surtirlo.
“Es previsible que al permitirse la importación y producción de gasolinas con (E10) como las que se comercializan en los Estados Unidos, se tenga una reducción en el precio de venta al usuario final”, argumentó el regulador, en un documento presentado el 12 de junio.
Los promotores y detractores de la medida aun así ofrecieron sus puntos de vista a través de la plataforma de la Cofemer, pero la CRE no estuvo obligado a atenderlos en su argumentación a favor de emitir esta NOM.
Existen otros amparos promovidos por otras asociaciones y personas físicas aunque hasta ahora sólo éste ha logrado la suspensión provisional.
Expansión buscó a representantes de la CRE para conocer su postura al respecto, pero no obtuvo respuesta de manera inmediata.